Boletines/Chascomús
Ordenanza Nº 5815/24
Chascomús, 27/06/2024
VISTO:
El Expediente Administrativo N° 4030-162920/M caratulado: “Solicitud de Inscripción de Inmueble- Nomenclatura Catastral Circ. II, Secc. E, Ch. 114, Mz. 114 h, Pc. 1, a favor de la Municipalidad de Chascomús”; y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble referido en el presente Expediente Administrativo, surge que es una Reserva Fiscal.
Que en el marco del Decreto Ley N° 9533/80, en su artículo 2° establece que: “Constituyen bienes del dominio Municipal las reservas fiscales de uso público que hubieran cedido a la Provincia en cumplimiento de normas sobre fraccionamiento…”, y en su artículo 6 expresa que: “El Ministerio de Economía, de oficio o a solicitud de los municipios, instrumentará las medidas necesarias para incorporar al dominio Municipal los bienes que esta Ley le atribuye y cuya cesión o inscripción constare a nombre de la Provincia…”.
Que, a los efectos de regularizar la situación de dominio, corresponde se proceda su inscripción en el registro de la Propiedad, a favor de la Municipalidad de Chascomús.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las gestiones tendientes a inscribir en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a favor de la Municipalidad de Chascomús, el Inmueble ubicado en el Partido de Chascomús (027), designado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Chacra 114, Manzana 114 h, Parcela 1, Partida Inmobiliaria N° 26367, cedido por el plano de Mensura característica 27-26-1965.-
ARTICULO 2°.- De forma.-