Boletines/Chascomús

Ordenanza Nº5814/24

Ordenanza Nº 5814/24

Chascomús, 27/06/2024

VISTO:

El Expediente Administrativo N° 4030-145411/M caratulado “SOLICITUD INSCRIPCION INMUEBLES” Nomenclatura Catastral Circunscripción II, Sección B, Ch 50, Manzana 50r, Parcelas 1, 2, 3, 4, 35 y 36; y

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Subsecretario de Tierras y Urbanismo solicita proceder a inscribir los bienes inmuebles denominados catastralmente como: Circunscripción II, Sección B, Ch 50, Manzana 50r, Parcelas 1, 2, 3, 4, 35 y 36 a nombre de la Municipalidad de Chascomús, conforme a que los mismos han sido incorporados al patrimonio municipal en virtud de la Ley N° 9533/1980 y la Resolución N° 858/80 como Reserva Fiscal.  

Que a fs. 20 obra plano de Mensura característica 27-132-1950.

Que a fs. 26/37 se agregan confeccionadas las Matrículas Ley 9590, firmadas por el Sr. Intendente Municipal, correspondientes a las Partidas N° 17.758, 17.759, 17.760, 17.761, 10.490, y 14.480.

Que hace saber la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad la necesidad de acompañar Ordenanza Municipal a los efectos de dar continuidad al trámite de inscripción.

Que el artículo 2 del Decreto Ley N° 9533/1980 expresa que “Constituyen bienes del dominio municipal las reservas fiscales de uso público que se hubieran cedido a la Provincia en cumplimiento de normas sobre fraccionamiento”, y en su artículo 6 “a solicitud de los municipios, instrumentará las medidas necesarias para incorporar al dominio municipal los bienes que esta Ley le atribuye y cuya cesión e inscripción constare a nombre de la Provincia”.

Que, conforme ello, la Dirección de Asuntos Legales DICTAMINA: envíe el D.E. Proyecto de Ordenanza al H.C.D. que autorice llevar a cabo las gestiones para la inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires de los inmuebles designados Catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 50, Manzana 50r, Parcelas 1, 2, 3, 4, 35 y 36, Partidas 17.758, 17.759, 17.760, 17.761, 10.490 y 14.480 a nombre de la Municipalidad de Chascomús.

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTICULO 1º.-  Autorícese al Departamento Ejecutivo a realizar las gestiones tendientes a inscribir ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires los inmuebles designados catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 50, Manzana 50r, Parcelas 1, 2, 3, 4, 35 y 36, Partidas 17.758, 17.759, 17.760, 17.761, 10.490 y 14.480, a nombre de la Municipalidad de Chascomús.-

ARTICULO 2°.- De forma.-