Boletines/Tandil
Decreto Nº 2269/2024
Tandil, 24/07/2024
Visto
La solicitud de ampliación de designación como personal de Enfermería de la señora Lucía Antonela Dirocco - Legajo 11.644, efectuada por el Jefe del Departamento de Enfermería del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado en virtud de las necesidades de cobertura de organigrama en el Hospital "Enrique Rodriguez Larreta" de la localidad de María Ignacia - Vela
Considerando
Que han informado al respecto la responsable a cargo del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Ente.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Desígnese a la trabajadora Lucía Antonela Dirocco, D.N.I. 39.111.469, como Personal de Enfermería en la categoría 8 – 48 horas semanales de la planta temporaria en carácter de mensualizada, más la garantía de enfermería, cumpliendo tareas en el Hospital "Enrique Rodríguez Larreta" del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, a partir del 17 de junio de 2024 y por el término de tres (3) meses, ad referéndum de los exámenes preocupacionales.
Artículo 2°: Se deja establecido que la agente Lucía Antonela Dirocco se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Jefatura del Departamento de Enfermería.
Artículo 3°: Abónese a la trabajadora la bonificación por tareas en el geriátrico, bonificación que percibe el personal que se desempeña en el Hospital "Enrique Rodríguez Larreta".
Artículo 4°: Insístase ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 5°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática, 20.00.00 Hospital Enrique Larreta de Vela, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.2.0.0 Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.1 Personal Provisional, 1.2.2.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 Liquidación Obra Social 1.3.1.0 Retribuciones Extraordinarias, 1.3.1.9 Garantía Enfermería del presupuesto de gastos en vigencia.-
Artículo 6°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 7°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia, Departamentos de Recursos Humanos, Enfermería y Contaduría, Dirección del Hospital “Enrique Larreta”, y vuelva a Recursos Humanos para su archivo.
Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia