Boletines/Tandil
Decreto Nº 2221/2024
Tandil, 19/07/2024
Visto
Lo aprobado por el Instituto Mixto de Turismo de Tandil en relación a la solicitud de un subsidio para la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Bares, Confiterías para cubrir gastos de la nueva Edición de la Semana Gastronómica - Sabores de Tandil con cargo de rendición.
Considerando
Que el sector gastronómico cumple un rol central en la actividad económica local.
Que se le ha solicitado al Instituto Mixto de Turismo que destine el aporte económico para cubrir los gastos de logística, prensa y difusión necesarios para poder llevar adelante la Edición de la "Semana Gastronómica - Sabores de Tandil", la Edición del "plato Solidario” y el "Mercado Gastronómico"
Que la realización de esta nueva edición contará con diversas propuestas gastronómicas vinculadas con la cata y degustación de recetas elaboradas con productos del Partido de Tandil, destacando la participación de productores locales y así seguir consolidando el circuito gastronómico serrano.
Que el evento cuenta con gran importancia para toda la comunidad gastronómica y turística del Partido y la Región.
Que es organizado por la Asociación de Hoteleros, Restaurantes, Bares, Confiterías y Afines de Tandil y cuenta con el acompañamiento de la Federación Hotelera Gastronómica de la República Argentina y el Instituto Mixto de Turismo de Tandil.
Que se ha declarado de Interés Municipal en el decreto DECTO-2024-2113-E-MUNITAN-INT.
Que al respecto se ha expedido la Secretaría de Economía y Administración, por las áreas Dirección de Presupuesto y Contaduría General.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Dese cumplimiento emitiendo la orden de pago a favor de la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Bares, Confiterías y Afines de Tandil de CUIT 30-66729703-2 en concepto de subsidio con cargo de rendición por la suma de pesos tres millones novecientos mil ($3.900.000,00).
Artículo 2°: Las erogaciones a producirse serán imputadas de acuerdo a lo que indica la Dirección de Presupuesto.
Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por la Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Maria Marcela Petrantonio (Secretaria) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales - Intendencia