Boletines/Tandil

Decreto Nº2212/2024

Decreto Nº 2212/2024

Tandil, 18/07/2024

Visto

La nota del Departamento de Servicios Generales, por medio de la cual solicita la ampliación de la designación de la trabajadora Egle Berenice Menéndez - Legajo 11.709, en virtud del pase de la trabajadora Paola Cervetta - Legajo 11.352 al Servicio de Emergencias Médicas - SAME del Hospital "Ramón Santamarina"

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Que se encuentra designada desde el 02 de enero de 2024, venciendo su última ampliación de designación el 28 de junio de 2024, según Decreto Nro. 1519/24.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Amplíese la designación a la trabajadora Egle Berenice Menéndez – Legajo 11.709, como Personal de Servicio - Mucama, en la categoría 1 - 48 horas semanales de la Planta Temporaria en carácter de mensualizada cumpliendo tareas en el Hospital “Ramón Santamarina” del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado a partir del 29 de junio de 2024 y por el término de tres (3) meses, ad referéndum de los exámenes pre- ocupacionales.

Artículo 2°: Se deja establecido que la señora Egle Berenice Menéndez se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Coordinación de Mucamas/os.

Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática, 17.00.00 Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 Hospital Ramón Santamarina – Administración y Conducción, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.2.0.0 Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.1 Personal Provisional, 1.2.2.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 Liquidación Obra Social del presupuesto de gastos en vigencia.

Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos, Servicios Generales, Supervisión de Mucamas/os y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente)                   -   Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

          Presidencia del Sistema Integrado de Salud              -                Intendencia