Boletines/Tandil

Decreto Nº2188/2024

Decreto Nº 2188/2024

Tandil, 18/07/2024

Visto

La renuncia presentada por el trabajador Guillermo Benites - Legajo 10.247 del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación ordinaria.

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos del Ente y la Delegada Previsional I.P.S.

A los fines previsionales cuenta con una antigüedad en el ámbito municipal de veintitrés (23) años, dos (2) meses y cuatro (4) días. De los cuales: tres (3) años, ocho (8) meses y cuatro (4) días son de aportes comunes y diecinueve (19) años y seis (6) meses son de aportes insalubres. A la fecha de renuncia el trabajador en cuestión cuenta con cincuenta y cuatro (54) años de edad.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Acéptase la renuncia presentada por el trabajador Guillermo Benites - Legajo 10.247, Personal Técnico categoría 14 - 48 hs. semanales, a los efectos de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria Mixta con régimen insalubre, según Decreto Nro. 9.650/80, a partir del 01 de agosto de 2024.

Artículo 2°: Déjese aclarado que el cargo de mayor jerarquía es el de Jefe Técnico de Laboratorio, categoría 14 - 48 hs. semanales, con una bonificación equivalente al veinte por ciento (20%) sobre su categoría por función de jefatura, más la bonificación de Técnicos y Enfermeros, que consiste en un treinta por ciento (30%) sobre el básico de la categoría 12, desempeñado desde el 01 de julio de 2021 al 31 de julio de 2024.

Artículo 3°: Inclúyase al agente en las planillas de anticipo a jubilados a partir del 1° de agosto de 2024, según lo dispuesto por el artículo 35° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo 9/19.

Artículo 4°: Con los haberes del mes de julio de 2024 se procederá a la liquidación de las vacaciones adeudadas así como la proporción de aguinaldo correspondiente.

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente)                   -   Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

          Presidencia del Sistema Integrado de Salud              -                Intendencia