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Resolución Nº426

Resolución Nº 426

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 12/03/2024

Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de renovación de un Permiso de funcionamiento interpuesta por Ivo TROBIANI, con CUIT 20-43392100-4, para la explotación en la vía pública de un carrito para la Venta de cubanitos, gaseosas, agua y golosinas, ubicado en la calle 9 de Julio Nº100 entre las calles Moreno y Rondeau  (Plaza Pellegrini) de la Localidad de Bahía Blanca;

CONSIDERANDO

Que a fs.29 obra Resolución Nº 719/2023 de fecha 21 de marzo de 2023 mediante la cual se le otorga permiso de funcionamiento por el término de un (1) año

Que la solicitud de renovación ha sido interpuesta con fecha 28 de Febrero de 2024, conforme constancias obrantes a fojas 30 y 34;

Que de fs.35/39 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;

Que a fs.32 se adjunta Acta de Inspección Nº 079432 de fecha 06/03/2024 en la que deja constancia que se observan buenas condiciones higiénico sanitarias;

Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 11866, concordantes y  modificatorias;

Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;

Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 2900/2021;

- R E S U E L V E -

ARTÍCULO 1º)- Otórgase el correspondiente Permiso de Funcionamiento a Ivo TROBIANI, con CUIT 20-43392100-4Contribuyente Nº 91963, para la explotación en la vía pública de un carrito para la Venta de cubanitos, gaseosas, agua y golosinas, ubicado en la calle 9 de Julio Nº100 entre las calles Moreno y Rondeau  (Plaza Pellegrini) de la Localidad de Bahía Blanca, por el término de un (1) año, operando su vencimiento el día 24 de julio de 2025, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2°)- Déjese constancia que la vigencia del Permiso otorgado en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditado al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgado el Permiso.

ARTÍCULO 3°)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad del Permiso otorgado, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.

ARTICULO 4º)- Cúmplase, tomen nota Departamento Recaudación, Departamento de Habilitaciones, dése al R.O., hecho: Archívese.-