Boletines/Magdalena

Decreto Nº88

Decreto Nº 88

Magdalena, 17/01/2024

Visto

El Expediente Letra D Nº 157/24   mediante el cual el Director de Deportes Prof: Lucas Sanirato solicita la entrega de fondos para ser utilizados durante su estadía junto a  la Delegación   Municipal que viajara a  la ciudad de Mar de Ajo con motivo de llevar a cabo un campamento de egresados de la Colonia 2024 y

Considerando

Que a fs. 1 Se  expresa que el Sr Director de Deportes es el responsable a cargo de la Delegación compuesta por 85 (Ochenta cinco) personas entre niños, acompañantes y profesores, necesita contar con una suma de dinero que le permita cubrir gastos eventuales como: lugar de alojamiento, comidas y cualquier tipo de contingencia que se genere durante la estadía en dicha ciudad.

Que dicho pedido se encuadra en el Decreto N° 1781/23 donde se declara de Interés Municipal a la Escuela Municipal de Deportes y sus actividades.

Qué asimismo, es necesario exigir a posteriori la rendición de los fondos entregados con documentos extendidos de acuerdo a las normas impositivas vigentes;

Que debe garantizarse la devolución de los importes de dinero no rendidos; 

Por  todo ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago  a favor del  Prof LUCAS SANIRATO  Director de Deportes de esta Comuna  (Legajo Nº 4405)  por la suma de $ $1.800.000 (PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS  MIL) por las causas mencionadas en el exordio.

ARTICULO 2º: La suma de dinero consignada en el artículo precedente se entrega “con cargo” al Prof. Lucas Sanirato  (Legajo Nº 4405), quien deberá dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la finalización del evento en la ciudad de Mar de Ajo,  presentar la rendición de los mismos mediante la entrega de los comprobantes que justifiquen cada gasto, los que deberán cumplir con las normas de facturación vigentes.

ARTICULO 3º: Los importes no rendidos deberán ingresarse a la Tesorería Municipal  con un plazo que no podrá ser superior al establecido en el artículo anterior.

ARTICULO 4º: La entrega de los fondos serán garantizados con los haberes del agente responsable de los mismos. 

ARTICULO 5º: El gasto determinado en el artículo 1º será tomado  de la Partida 3.7.2.0 VIATICOS correspondiente a la Jurisdicción 11000 Dirección de Deportes, Programa 28-12 , Actividad Programática 12 Participación en Torneos Provinciales, con Fuente de Financiamiento 132 del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 6º: El presente Decreto  será refrendado por la  Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 7º: Comuníquese a quien corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

 

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Dra. Greta López Dorao

Secretaria de Gobierno