Boletines/Magdalena
Decreto Nº 54
Magdalena, 09/01/2024
Visto
Las actuaciones del Expediente Electrónico Número 6309/23 mediante las cuales CAVALCANTE Federico, CUIT 20-36064176-8, solicita habilitación Municipal del comercio cuya actividad es VENTA Y DISTRIBUCION AL POR MAYOR Y POR MENOR DE BEBIDAS CON Y SIN ALCOHOL, VENTA AL POR MENOR A MINIMERCADOS ubicado en calle 107 La Lechuza entre Colectora y calle 13 El Fresno de la ciudad de Magdalena; y
Considerando
Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a dicha habilitación en forma provisoria, conforme lo establece en el Capítulo III, de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente –parte especial- del Municipio, mediante la cual, en el artículo 94 inc a) requiere la presentación de planos aprobados del local a habilitar y en el inc b), la presentación de certificación de liberación de deuda de las tasas municipales que gravan los inmuebles;
Que en este caso, dicha solicitud no cumple con la norma vigente por no contar con la actualización de los planos presentados, por lo tanto, la presente se otorga como Habilitación provisoria por el término de doce meses, venciendo en consecuencia el día 09 de enero de 2025;
Que transcurrido dicho plazo deberá cumplimentarse con los requisitos previstos en los incisos a) y b) del artículo 94 de la norma citada precedentemente, a fin de otorgar la habilitación de carácter definitivo, debiendo el Municipio, en caso contrario, proceder a la clausura del establecimiento.
Por todo ello
el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar y registrar, a partir de la fecha, por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación municipal de carácter provisorio del comercio cuya actividad es VENTA Y DISTRIBUCION AL POR MAYOR Y POR MENOR DE BEBIDAS CON Y SIN ALCOHOL, VENTA AL POR MENOR A MINIMERCADOS (Código de actividad: 61.200-13), propiedad de CAVALCANTE Federico, CUIT 20-36064176-8, Legajo Municipal Nº 63106 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección G, Chacra 102, Manzana 102 J, Parcela 14 y 15, y Partidas Inmobiliarias Nº 12.024 y 12.025, ubicado en calle 107 La Lechuza entre Colectora y calle 13 El Fresno la ciudad de Magdalena.
Artículo 2º: El vencimiento de la presente habilitación provisoria se producirá el día 09 de enero de 2025 debiendo en esa oportunidad verificarse el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Capítulo III, Art. 94 Inc. a) y b) de la Ordenanza Fiscal –Parte Especial- del Municipio. En tal caso corresponderá el dictado del Acto Administrativo de habilitación definitiva. En caso contrario, se procederá a la clausura del establecimiento conforme lo establece el Art. 95, último párrafo, de la norma citada precedentemente.
Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
Artículo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Dra. Greta López Dorao
Secretaria de Gobierno