Boletines/Magdalena

Decreto Nº2

Decreto Nº 2

Magdalena, 02/01/2023

Visto

El Decreto Provincial Nº 2980/00 que regula la aplicación e implementación de la Reforma de la Administración Financiera  en el Ambito Municipal (RAFAM); y

Considerando

Que el artículo 42º correspondiente al Capítulo I – Disposiciones Generales  de las “Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios Piloto” establece en su quinto párrafo que “Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de Diciembre de cada año se afectarán al Ejercicio siguiente, imputándolos a los créditos pertinentes disponibles para ese ejercicio, para lo que deberá mediar decreto del Intendente”;

Que durante el presente ejercicio financiero se aplicará en el Municipio las “Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios Piloto”;

Que al cierre del Ejercicio 2023 han quedado gastos comprometidos y no devengados;

Que en virtud de lo consignado precedentemente es necesario efectuar las registraciones contables pertinentes proporcionándole el marco legal a las mismas;

 

Por todo ello;

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Aféctese e impútese  los gastos comprometidos y no devengados al 31 de Diciembre de 2023 a la Jurisdicciones, Programas, Proyectos y Partidas correspondientes y por los montos indicados en el detalle consignado a continuación, conforme a los términos establecidos por el artículo 42º, quinto párrafo del Capítulo I –Disposiciones Generales correspondiente a las Disposiciones de Administración  de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios Piloto establecidas por el Decreto Provincial Nº  2980/00 a saber:

REG. COMP. 2023  JURISD.         PROG.       PARTIDA            IMPORTE

 

7369/23           110        4000     17.00              3.3.3.0              $350.000,00.-

8389/23           110        5000     23.82              3.4.9.0           $3.690.000,00.-

6495/23           110        4000     17.00              3.4.9.0           $1.750.000,00.-

6872/23           110        5000     23.75              4.2.2.0         $12.080.294,65.-     

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

 

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda