Boletines/Magdalena
Decreto Nº 2
Magdalena, 02/01/2023
Visto
El Decreto Provincial Nº 2980/00 que regula la aplicación e implementación de la Reforma de la Administración Financiera en el Ambito Municipal (RAFAM); y
Considerando
Que el artículo 42º correspondiente al Capítulo I – Disposiciones Generales de las “Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios Piloto” establece en su quinto párrafo que “Los gastos comprometidos y no devengados al 31 de Diciembre de cada año se afectarán al Ejercicio siguiente, imputándolos a los créditos pertinentes disponibles para ese ejercicio, para lo que deberá mediar decreto del Intendente”;
Que durante el presente ejercicio financiero se aplicará en el Municipio las “Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios Piloto”;
Que al cierre del Ejercicio 2023 han quedado gastos comprometidos y no devengados;
Que en virtud de lo consignado precedentemente es necesario efectuar las registraciones contables pertinentes proporcionándole el marco legal a las mismas;
Por todo ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Aféctese e impútese los gastos comprometidos y no devengados al 31 de Diciembre de 2023 a la Jurisdicciones, Programas, Proyectos y Partidas correspondientes y por los montos indicados en el detalle consignado a continuación, conforme a los términos establecidos por el artículo 42º, quinto párrafo del Capítulo I –Disposiciones Generales correspondiente a las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios Piloto establecidas por el Decreto Provincial Nº 2980/00 a saber:
REG. COMP. 2023 JURISD. PROG. PARTIDA IMPORTE
7369/23 110 4000 17.00 3.3.3.0 $350.000,00.-
8389/23 110 5000 23.82 3.4.9.0 $3.690.000,00.-
6495/23 110 4000 17.00 3.4.9.0 $1.750.000,00.-
6872/23 110 5000 23.75 4.2.2.0 $12.080.294,65.-
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.
ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda