Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº6583/24

Ordenanza Nº 6583/24

General Villegas, 11/07/2024

VISTO:

La ordenanza N°4336, que establece la conformación del Consejo Local de Promoción y Protección de Derechos del Niño.

CONSIDERANDO:

Que existe la necesidad de que sea modificada, actualizando quienes lo integran.

Que la misma es necesaria ponerla en funcionamiento, siendo esta una herramienta fundamental para la organización y buen desempeño de quienes lo conforman.

Que el objeto del Convenio marco de la Cooperación para la construcción colectiva del Sistema Local de Promoción y Protección de derechos de los niños es crear los medios a través de los cuales se asegure la creación de los Servicios Locales de Protección de Derechos.

Que en ese contexto se debe establecer la competencia y la conformación del Consejo local de Promoción y Protección de Derechos del niño.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Modifíquese, el artículo 3ro de la ordenanza N°4336. El que quedara redactado como sigue:

“ARTICULO TERCERO: El Consejo Local estará conformado por:

  • Representantes de las áreas del Departamento Ejecutivo, Desarrollo Social, Salud, Educación, Derechos Humanos, Producción y Empleo, Cultura, Deportes y toda otra de interés a los fines del Sistema de Promoción y Protección de Derechos.
  • Representantes de las organizaciones sociales, culturales, deportivas y religiosas de la comunidad, que tengan por objetivo el desarrollo de actividades vinculadas a los derechos de los niños y sus familias.
  • Representantes de niños, adolescentes y familias.
  • Referentes de la comunidad que realicen actividades que favorezcan el desarrollo integral de niños y adolescentes en el distrito.
  • Representantes de colegios profesionales.
  • Representantes de Universidades (si existieran en el lugar)”
  • Representantes del Honorable Concejo Deliberante, a determinar por la comisión de Desarrollo Social del mismo.

 

ARTÍCULO 2º:  Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.