Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 6554/24
General Villegas, 16/05/2024
VISTO:
El Expediente Nº 4314/24, iniciado por el Presidente de la Asociación Cooperadora de la Escuela Agraria N° 1 “Nelly Brown de Emerson”, solicitando la eximición del pago del Impuesto Automotor, correspondiente a los siguientes rodados Dominio KRB 207 por el periodo de marzo 2022 a diciembre de 2024, y LPE 302 por los años 2022, 2023 y 2024, ambos propiedad de la entidad, acompaña documentación pertinente; y
CONSIDERANDO:
Que adjunta documentación a saber: copia de título automotor correspondientes a los de LPE 302 y KRB 207, acta de reconocimiento de personería jurídica y acta de asamblea de designación de autoridades.
Que la oficina de Rentas interviene a fojas 9 a 13, solicitando se considere la condonación y eximición de los dominios KRB 207 y LPE 302, en concepto de “Impuesto Automotor” de acuerdo a la normativa vigente en Arba.
Que Artículo 12° de la Ordenanza N°6306/22 dispone: “Aquellos contribuyentes que se encuadren dentro de lo establecido en el Capítulo II, Titulo III, Libro Segundo del Código Fiscal de la Provincia, deberán solicitar y tramitar el beneficio de exención ante el Municipio, en la forma y plazo que a continuación se establezca: Están exentos del pago del Impuesto a los Automotores, contemplado en la Parte II – Sección Especial de éste Código: inciso b) Los cuerpos de bomberos voluntarios, las instituciones de beneficencia pública con personería jurídica, las cooperadoras, las instituciones religiosas debidamente reconocidas por autoridad competente, por los vehículos de su propiedad y uso exclusivo necesario para el desarrollo de sus actividades propias.”
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos sugiere otorgar la exención por el ejercicio 2024 por el concepto mencionado a los dominios KRB 207 y LPE 302, asimismo se proceda a condonar la deuda que registran los rodados, inscriptos a nombre de la Asociación Cooperadora de la Escuela Agraria N° 1 “Nelly Brown de Emerson”
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Procédase a condonar la deuda existente en concepto de “Impuesto a los Automotores” de los siguientes rodados
DOMINIO |
MARCA |
MODELO |
AÑO |
TIPO |
EJERCICIO |
KRB 207 |
IVECO |
277-DAILY 55C16 PASO 3950 |
2011 |
FURGON |
Cuota 3/22 y año 2023 |
LPE 302 |
M. BENZ |
CM-BMO 384 VERSIÓN 1418/52 CM |
2012 |
OMNIBUS |
2022 y 2023 |
ARTÍCULO 2º: Exímase del pago del “Impuesto a los Automotores” por el ejercicio 2024 a los siguientes vehículos inscriptos a nombre de la Asociación Cooperadora de la Escuela Agraria N° 1 “Nelly Brown de Emerson” de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12° inciso b) de la Ordenanza N° 6309:
DOMINIO |
MARCA |
MODELO |
AÑO |
TIPO |
KRB 207 |
IVECO |
277-DAILY 55C16 PASO 3950 |
2011 |
FURGON |
LPE 302 |
M. BENZ |
CM-BMO 384 VERSIÓN 1418/52 CM |
2012 |
OMNIBUS |
ARTÍCULO 3º: Autorízase a las oficinas competentes a realizar las modificaciones pertinentes.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.