Boletines/Campana
Decreto Nº 601/24
Campana, 28/06/2024
Expediente Municipal Nº 4016-4832-0-2023
Visto
El Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatorio, suscriptos el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/15; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; la Resolución Conjunta Nº 008/18 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; los Decretos N° 184/2022 (t.v.), N° 13/2024; y el Expediente Municipal Nº 4016-4832-02023; y
Considerando
Que mediante el DECTO-2024-13-E-MUNICAM-INT se ordenó la instrucción del sumario administrativo a fin de esclarecer los hechos denunciados con relación a la trabajadora municipal, Sra. ZURITA, Sofia Natalia, designando como Instructor Sumarial al Dr. CHAMORRO, Claudio Javier.
Que a fs. 13/14 la Instrucción Sumarial emite dictamen de imputación donde resuelve que, habiendo concluido la prueba de cargo en el presente sumario administrativo corresponde proceder a dar traslado de la misma a la imputada, a fin de efectuar su defensa y proponer medidas que crea oportunas.
Que a fs. 15 la Dirección General de Recursos Humanos de la Municipalidad de Campana, notifica del contenido del dictamen emitido por la Instrucción Sumarial a la Sra. ZURITA, Sofia Natalia.
Que a fs. 17/18 obra auto de imputación del Señor Instructor Sumarial, Dr. CHAMORRO, Claudio Javier.
Que a fs. 20 luce Dictamen de la Junta de Disciplina de fecha 12 de junio de 2024 donde habiendo tomado conocimiento del expediente y de los hechos tratados, dictamina en su mayoría lo siguiente: Aplicar la sanción expulsiva consistente en una cesantía conforme el Art. 89, Ap. I. Inc. C “Inconducta notoria” y 10 "Falta grave que perjudique materialmente a la administración municipal o que afecte al prestigio de la misma."
Que a fs. 22 el Señor Intendente Municipal toma conocimiento de lo dictaminado por la Junta de Disciplina y dado que la agente presta servicios en una dependencia muy sensible, se ha dialogado con la Secretaría de la cual depende, respecto de su desempeño laboral y manifiesta que presta sus funciones de manera eficiente por lo que considera aplicar a la misma la SANCIÓN DISCIPLINARIA DE 30 DIAS CORRIDOS DE SUSPENSIÓN, y otorga prosecución a las presentes actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que como consecuencia de ello se debe proceder al dictado de un acto administrativo mediante el cual se efectivice lo señalado.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el Art. 108 del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo 1° de la Resolución Conjunta Nº 008/18 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Aplicase una suspensión por el periodo de treinta (30) días corridos a la trabajadora municipal, Sra. ZURITA, Sofia Natalia (D.N.I. N° - 33.869.974 Legajo Personal N° 20203), quién revista en la Planta Temporaria de Personal, como Jornal. – Servicio - agrupamiento personal de servicio con 48hs. semanales de labor, en la Dirección de Centro de Monitoreo Público, Subsecretaría de Planificación y Coordinación Operativa U.P.L, Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana, Jefatura de Gabinete; por aplicación de sanción disciplinaria consistente en SUSPENSIÓN, conforme el Art. 89 Apartado I, Inciso C- “Suspensión de hasta treinta (30) días corridos en un año” del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales (C.C.T.M.); y en virtud de las actuaciones obrantes en el Expediente Municipal N° 4016-48322023.-
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese fehacientemente por intermedio de la Dirección General de Recursos Humanos de lo dispuesto en el artículo anterior, a la trabajadora Sra. ZURITA, Sofia Natalia (D.N.I. N° - 33.869.974 Legajo Personal N° 20203).-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; y el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-