Boletines/Campana
Decreto Nº 585/24
Campana, 26/06/2024
EX-2024-00044997-MUNICAM-SMESA#DGAA Designación Sr. Marcos Antonio BARRETO.
Visto
El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015 y el Anexo IV aprobado el por Decreto – 2018 – 572; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto Nº 184/2022 (t.v.) y el EX-2024-00044997-MUNICAM-SMESA#DGAA; y
Considerando
Que la Secretaría de Espacio Público y Descentralización solicita la designación del Sr. Marcos Antonio BARRETO y otorgarle el “Adicional por Título”, el “Adicional por Tareas Riesgosas” y el “Adicional por Horarios Especiales” por cumplir horarios o turnos rotativos, de la modalidad de 6 X 2 (mañana, tarde y noche).
Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que el Sr. BARRETO cumple con todos los requisitos de admisibilidad para el ingreso a la Administración Pública y que no posee antecedentes penales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.
Que asimismo comunica que el Sr. BARRETO puede ser designado desde el 20 de mayo de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Servicio VII – (Operario) - Clase VII – Personal de Servicio - con 48 horas semanales de labor , dependiente del Departamento Electromecánica, Dirección de Planificación Electromecánica y Servicios Tercerizados, Secretaría de Espacio Público y Descentralización, Jefatura de Gabinete y otorgándole el “Adicional por Título”, el “Adicional por Tareas Riesgosas” el “Adicional por Horarios Especiales” consistentes en el cinco por ciento (5%), en el treinta por ciento (30%) y en el diez por ciento (10%), respectivamente de su sueldo básico con carácter mensual.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase al Sr. Marcos Antonio BARRETO (D.N.I. 45.606.569 – Clase 2004), en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Servicio VII – (Operario) - Clase VII – Personal de Servicio - con 48 horas semanales de labor , dependiente del Departamento Electromecánica, Dirección de Planificación Electromecánica y Servicios Tercerizados, Secretaría de Espacio Público y Descentralización, Jefatura de Gabinete, con retroactividad al 20 de mayo de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive. No obstante y antes de la fecha de conclusión indicada anteriormente, cuando razones de servicio así lo aconsejen éste podrá ser dado de baja, ello de conformidad con lo prescripto en el artículo 43 y concordantes del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que el nombramiento dispuesto en este Decreto está alcanzado por las disposiciones de los artículos 2°, 68 y 111 de la Ley Provincial N° 14.656 y los artículos 4°, 21 y 36 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.-
ARTÍCULO 3º.- Otórgase al Sr. Marcos Antonio BARRETO, el “Adicional por Título” que contempla el artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, consistente en el cinco por ciento (5%) del sueldo básico, con carácter mensual.-
ARTÍCULO 4º.- Otórgase al Sr. Marcos Antonio BARRETO, el “Adicional por Tareas Riesgosas” que contempla el artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, consistente en el treinta por ciento (30%) del sueldo básico, con carácter mensual.-
ARTÍCULO 5º.- Otórgase al Sr. Marcos Antonio BARRETO, el “Adicional por Horarios Especiales” que contempla el artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, consistente en el diez por ciento (10%) del sueldo básico, con carácter mensual.-
ARTÍCULO 6º.- Dispónese que los Adicionales acordados en el artículo 3°, 4° y 5° rigen con retroactividad al 20 de mayo de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, pudiendo ser dejadas sin efecto antes de esta última fecha si desaparecen las causas que motivaron su concesión.-
ARTÍCULO 7°.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110125000 – Secretaría de Espacio Público y Descentralización, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-
ARTÍCULO 8°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 9º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-