Boletines/Campana

Decreto Nº564/24

Decreto Nº 564/24

Campana, 18/06/2024

Expediente Municipal N° 4016-41342-8-2017 Retiro Voluntario Sr. Luis Federico CONTRERAS.

Visto

El Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatorio, suscriptos el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/15; la Ley Provincial N° 11685, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; la Resolución Conjunta Nº 008/18 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; los Decretos Nº 0661/17 (t.v.),  N° 184/22 (t.v.); y el Expediente Municipal N° 4016-41342-8-2017; y

Considerando

Que obra un formulario, con fecha 19 de abril del año 2024, en el cual el agente Luis Federico CONTRERAS solicita la adhesión al Régimen de Retiro Voluntario implementado para el Personal de la Municipalidad del Partido de Campana mediante el Decreto Nº 0661/17 (t.v.), con arreglo a lo determinado en las Leyes Provinciales Nº 11.685 y 14.656.

Que luce Acta de Acuerdo, celebrado entre la letrada en calidad de apoderada de este Municipio y el Sr. CONTRERAS con su respectivo letrado patrocinante, ante el funcionario del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, Delegación de Campana, en el cual el agente manifiesta su voluntad de rescindir el Contrato de Trabajo que mantiene con esta Comuna firmando el presente en fecha 16 de mayo de 2024.

Que, según los Artículos “Primero” y “Segundo” del mencionado acuerdo, la Municipalidad le otorgaría al Sr. CONTRERAS, la suma total de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTITRES CON 16/100 CENTAVOS ($794.723,16.-) en un (01) pago a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, a realizarse el día 24 de junio de 2024. Asimismo, por realizarse el pago a través de dicho Ministerio, debe depositar el nueve por ciento (9%) de la suma indemnizatoria en la Sucursal de Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires.

Que a tal fin se informa la afectación presupuestaria que se debe asignar a la erogación, contando con el aval de la Secretaría de Economía y Hacienda.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108 del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo 1° de la Resolución Conjunta Nº 008/18 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/22 (t.v).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Acéptase con retroactividad al día 16 de mayo de 2024, el Retiro Voluntario solicitado por el Sr. Luis Federico CONTRERAS (D.N.I. Nº 29.044.421), Legajo personal Nº 20037, quien revista como Servicio VII (Personal de Servicio) – Clase VII - Agrupamiento Personal de Servicio, con 48 horas semanales de labor, dependiente de la Dirección General de Tránsito y Transporte, Subsecretaría de Prevención y Relaciones con la Comunidad, Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana, Jefatura de Gabinete.-

ARTÍCULO 2º.- Concédase  en virtud de  lo previsto en  el Artículo  “Primero” del Acta  de  Acuerdo celebrado  en  fecha 16  de  mayo de  2024 entre el  Sr. Luis  Federico CONTRERAS y este Municipio, con carácter de única y total indemnización, la suma total convenida que asciende a PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTITRES CON 16/100 CENTAVOS ($794.723,16.-) a abonar en un (01) pago a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, a realizarse el día 24 de junio de 2024.-

ARTÍCULO 3º.- Autorizase a la Contaduría Municipal a abonar en la Sucursal de Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires, el nueve por ciento (9%) de la suma mencionada en el artículo 2º, en concepto de arancel por la actuación administrativa realizada por la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de la celebración del Convenio arribado entre el agente mencionado en el artículo 1º y este Municipio.-

ARTÍCULO 4º.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110114000 – Secretaría de Prevención Ciudadana, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-

ARTÍCULO 5°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda; y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 6°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-