Boletines/Las Flores
Ordenanza Nº 3582/2024
Las Flores, 13/06/2024
ORDENANZA
ORDENANZA 3582/2024
Visto:
Que el juego con apuestas online se ha convertido en una preocupación creciente debido a su accesibilidad y atractivo para adolescentes y jóvenes en nuestro municipio, y
Considerando:
Que los adolescentes son especialmente vulnerables a los riesgos asociados con el juego, incluyendo la adicción, el endeudamiento y los problemas de salud mental.
Que el avance de las plataformas tecnológicas y la transformación de los hábitos digitales durante la pandemia han contribuido en gran medida a esta expansión, volviendo el juego con apuestas online más accesible y atractivo para los jóvenes.
Que según sostuvo Jimena Golender, titular de la Fundación de Ludopatía Infanto Juvenil (FINJU), con sede en San Juan “en los últimos años se registró un aumento de casos, ya que se está disfrazando primero el tema de los videojuegos con ludopatía adulta, después se disfrazó con ludopatía infantil juvenil y ahora está creciendo todo este fenómeno que genera el casino online”.
Que, asimismo, para Verónica Mora Dubuc, psiquiatra e integrante de la Asociación de Psiquiatras Argentinos (APSA), "el juego de apuestas es un estímulo que varía de persona a persona, que va desde el placer de la diversión hasta necesidades muy básicas sustentadas en un pensamiento mágico y mesiánico de que con esto 'me voy a salvar'".
Que según la consultora internacional Research and Markets, se prevé que el mercado de los juegos de azar online crecerá un 18% en los próximos seis años en América Latina, lo que indica una expansión significativa de esta actividad en la región.
Que es una preocupación creciente que comienza a plasmarse en distintos medios periodísticos en nuestro país, como por ejemplo en nota publicada en el Diario Perfil (https://noticias.perfil.com/noticias/informacion-general/peligro-cada-vez-mas-chicos-participan-de-juegos-de-azar-online.phtml)
Que es necesario implementar una campaña preventiva dirigida a los adolescentes con el objetivo de concientizarlos sobre los riesgos del juego con apuestas online y brindarles información adecuada.
Que en otros países ya existen programas para prevenir la ciberludopatía infantil, promoviendo tanto regulaciones como marcos normativos sobre la temática.
Que la comuna de Madrid publicó una guía práctica para la prevención del trastorno de juego de azar realizado por el Instituto de Adicciones de Madrid Salud (https://copcantabria.es/wp-content/uploads/2022/01/ebook-prevencion-juegos-azar-ms-a1-2.pdf)
Que, en la República Argentina, a través de una ordenanza municipal, la ciudad de Córdoba capital, dispuso quedar excluida de la ley provincial que permite los juegos online en la provincia.
Que por otra parte, según informó la Agencia Télam, “especialistas en salud mental y de la Defensoría del Pueblo y la Lotería de la Provincia de Buenos Aires advirtieron sobre el crecimiento entre los jóvenes de las apuestas online, especialmente las deportivas, un fenómeno novedoso relacionado a la crisis económica, la hiperconectividad y el aumento de la publicidad en medios de comunicación, donde "la promesa de ganancias importantes es un factor muy atractivo para jugar".
Que Juan Gossen, director de la Defensoría del Pueblo bonaerense e integrante del Observatorio de Adicciones y Consumos Problemáticos del organismo, afirmó a Télam, que "en el último año hemos detectado la aparición de consultas de jóvenes con problemas de juego compulsivo".
Que es responsabilidad de las autoridades municipales velar por el bienestar y la protección de los jóvenes de nuestra comunidad.
Que el Honorable Concejo Deliberante del Municipio de Las Flores tiene el deber de promover el bienestar de sus ciudadanos, especialmente de los jóvenes, previniendo aquellos problemas sociales que los afecten.
Por ello
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LAS FLORES APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Art. 1°: Impleméntese en el Partido de Las Flores, una campaña preventiva, dirigida a las y los adolescentes sobre los riesgos del juego con apuestas online.
Art. 2º: La campaña deberá incluir, entre otros elementos:
a) Difusión de material que destaque los peligros, así como las consecuencias negativas del juego con apuestas online.
b) Realización de charlas y talleres en las escuelas secundarias del municipio, con la participación tanto de profesionales como expertos en adicciones y salud mental.
c) Promoción de actividades alternativas saludables y recreativas para los adolescentes, fomentando el desarrollo de habilidades además de la participación en actividades sociales y deportivas.
Art. 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá coordinar y asignar los recursos necesarios para la implementación y difusión de la campaña, en colaboración con las áreas competentes.
Art. 4º: Dispóngase como autoridad de aplicación de la presente, a la Secretaría de Comunicación y Medios, en coordinación con la Secretaría de Educación del Municipio de Las Flores.
Art. 5º: Comuníquese al DE y dese al Registro Oficial del HCD
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE LAS FLORES A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
Abg. Alejandra Vazzano Prof. Fabian Blanstein
Secretaria Presidente
/// Corresponde Ordenanza Nº 3582/2024.-
PROMULGADA POR DECRETO Nº 1300 (DECTO-2024-1300-E-LASFLORES-INT) DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE FECHA 3 DE JULIO DE 2024.-
LUCAS MARTÍN BOGGINI Ing. ALBERTO C. GELENÉ
Secretario de Intendente Municipal
Relaciones Institucionales y Gobierno
PUBLICADA: 25 DE JULIO DE 2024