Boletines/Benito Juarez

Resolución Nº312/2024

Resolución Nº 312/2024

Benito Juarez, 23/07/2024

Visto

lo actuado en  Expte. Letra “E” Nº 55/2024, en el cual la Directora de Recursos Humanos del Hospital Municipal “Eva Perón” Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout” (fs. 8) informa la inasistencia de la agente MARINI MARTINA (L.P. 5471) respecto de la falta injustificada a su lugar de trabajo el día 9 de Julio del corriente año; y

Considerando

que según consta a fs. 10 la agente mencionada ha hecho su derecho a defensa;

QUE el art. 81 inc. a) del C.C.T.M. referente a las obligaciones del trabajador, dispone: “Prestar los servicios en forma regular y continua (…) con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducente a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal”; y su art. 72 prescribe “el trabajador tiene derecho a una retribución justa por sus servicios (…)”;

QUE el art. 84 del mencionado Convenio expresa Son causas para aplicar sanciones disciplinarias (…) inc. 3) “Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones”;

QUE “La responsabilidad administrativa, que se hace efectiva a través del poder disciplinario aparece cuando el agente comete una falta de servicio transgrediendo reglas propias de la función pública” (Mariehhoff, Miguel; Tratado de Derecho Administrativo; Tomo III-B, pág. 409);

QUE la conducta del agente en cuestión se adecua al tipo infraccional previsto en el artículo 83 inc. a) del CCTM, por tanto, es viable la sanción propuesta;

QUE a fs. 11 el Director Administrativo del Ente solicita aplicar la sanción de Llamado de Atención a la agente Marini y descontar de sus haberes la falta injustificada del día 09/07/2024;

QUE a fojas 12/13 obra informe de la Asesora Legal de la Comuna, sugiriendo el dictado del pertinente acto administrativo, aduciendo que es procedente la aplicación de la sanción propuesta prevista en el art. 83 inc. a) del mencionado Convenio;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE  MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE:

Artículo 1º.-Aplicar un LLAMADO DE ATENCIÓN a la agente MARINI MARTINA (L.P. 5471) de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 83  inc. a)  del C.C.T.M.  y a lo actuado en el Expediente Letra “E” Nº 55/2024.

Artículo 2º.-Autorícese a la Dirección de Recursos Humanos del Ente Descentralizado a descontar a la agente MARINI MARTINA (L.P. 5471), un (1) día de ausencia injustificada (9 de Julio de 2024), en virtud de lo actuado en el Expediente Letra “E” Nº 55/2024.

Artículo 3º.-Por la Dirección de Recursos Humanos del Ente, notifíquese.

Artículo 4º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Salud Interina.

Artículo 5º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos del Ente, Secretarías de Gobierno, de Salud y Auditoria, cumplido, archívese.

SECRETARIA DE SALUD INTERINA

SRA. NATALIA AGUILERA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

RESOLUCIÓN  Nº 312.-