Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 282/2024
Benito Juarez, 10/07/2024
Visto
lo actuado en Expte. Letra “E” Nº 55/2024, en el cual la Directora de Recursos Humanos del Hospital Municipal “Eva Perón” Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout” (fs. 2) solicita descargo por escrito a la agente MARINI MARTINA (L.P. 5471) respecto de la falta injustificada a su lugar de trabajo el día 26 de Junio del corriente año; y
Considerando
que según constancias de fs. 3 vta. se ha garantizado el derecho a defensa (Conf. art. 24 de la Ley 14.656) ;
QUE el art. 81 del C.C.T.M. referente a las obligaciones del trabajador, en su inc. a) dispone: ““Sin perjuicio de lo que particularmente impongan las leyes, ordenanzas, decretos, resoluciones y disposiciones, los trabajadores deben cumplir estricta e ineludiblemente las siguientes obligaciones: a) Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario…, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal”;
QUE “La falta injustificada traerá aparejada la pérdida del derecho a retribuciones por el o los días que dure la ausencia, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que por igual motivo establece la normativa vigente en razón del incumplimiento del deber de diligencia y colaboración (…)” (Art. 54 C.C.T.M.);
QUE se encuentra debidamente acreditado que la agente referenciada incurrió en negligencia en el cumplimiento de sus tareas, adecuándose su conducta en el tipo infraccional del art. 84 inc. 3) del C.C.T.M.;
QUE a fs. 5 el Director Administrativo del Ente solicita aplicar la sanción de Llamado de Atención a la agente Marini y descontar de sus haberes la falta injustificada del día 26/06/2024;
QUE a fojas 6 obra informe de la Asesora Legal de la Comuna, sugiriendo el dictado del pertinente acto administrativo, aduciendo que es procedente la aplicación de la sanción propuesta prevista en el art. 83 inc. a) del mencionado Convenio;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE:
Artículo 1º.-Aplicar un LLAMADO DE ATENCIÓN a la agente MARINI MARTINA (L.P. 5471) de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 83 inc. a) del C.C.T.M. y a lo actuado en el Expediente Letra “E” Nº 55/2024.
Artículo 2º.-Autorícese a la Dirección de Recursos Humanos del Ente Descentralizado a descontar a la agente MARINI MARTINA (L.P. 5471), un (1) día de ausencia injustificada (26 de Junio de 2024), en virtud de lo actuado en el Expediente Letra “E” Nº 55/2024.
Artículo 3º.-Por la Dirección de Recursos Humanos del Ente, notifíquese.
Artículo 4º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Salud.
Artículo 5º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos del Ente, Secretarías de Gobierno, de Salud y Auditoria, cumplido, archívese.
SECRETARIA DE SALUD
SRA. SOUTRELLE ANDREA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 282.-