Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 1046/2024
Benito Juarez, 24/07/2024
Visto
lo actuado en Expediente Letra “R” Nº 138/15, en el cual a fs. 8 obra nota de la Directora de Recursos Humanos Interina, en referencia a la antigüedad del agente MARINI ÁNGEL ANDRES (L.P. 3144);
Considerando
que a fs. 9 luce resolución de expediente administrativo de ANSeS, donde se le reconocen los servicios allí prestados de un total de 4 años, 1 mes y 23 días, de los cuales 5 meses y 23 días han sido aportados en actividad privada, y 3 años, 7 meses y 25 días como dependiente de la Administración Nacional de la Seguridad Social;
QUE según lo establecido en el art. 69 Ley 14.656 (art. 7 CCTM): “La antigüedad del agente se establecerá solamente por el tiempo transcurrido en situación de actividad, disponibilidad relativa o suspensión en el orden provincial, nacional o municipal (…)”;
QUE el art. 72 inc. b) Ley 14.656 en su parte pertinente establece: “Por cada año de antigüedad en la Administración Pública, se traten de servicios nacionales, provinciales o municipales, se computara un porcentaje del valor de las unidades retributivas asignadas al nivel respectivo (…). Que en tal sentido, el último párrafo del art. 23 inc. b) del CCTM, dispone: “Por cada año de servicio en la Administración Pública, se computara el uno por ciento (1%);
QUE a fojas 10 la Asesora Legal de la Comuna sugiere que se le debe reconocer la antigüedad como dependiente de la Administración Nacional de 3 años, 7 meses y 25 días;
QUE la Secretaria de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo lº.-Reconózcase la ANTIGÜEDAD de tres (3) años y siete (7) meses y (25) días, correspondiente al período comprendido entre 06/05/2020 al 31/12/2023 al agente MARINI ÁNGEL ANDRES (L.P. 3144), de acuerdo al art. 69 Ley 14.656 (art. 7 CCTM), art. 72 inc. b) Ley 14.656 y art. 23 inc. b del CCTM y lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 138/15.
Artículo 2º.- Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 4º.- Comuníquese, dése al R.O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Hacienda y Auditoría, cumplido, archívese.
SECRETARIO DE GOBIERNO
ING. SERGIO J. ACOSTA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 1046.-