Boletines/Vicente López

Ordenanza Nº35988

Ordenanza Nº 35988

Vicente López, 21/06/2018

Ref. Exptes. N°491/2018 H.C.D. 4119-1946/18 D.E.

VISTO: la Ordenanza N° 33.145/2014 que autorizó se destine la zona delimitada en los planos adjuntos como Anexo I de la misma, ubicada en la costa del Río De La Plata entre las calles General Lavalle y General Las Heras, lindera al Paseo Raúl Alfonsín en el partido de Vicente López, al emplazamiento de un área deportiva Municipal con el objetivo de proveer infraestructura de usos deportivos, sociales, recreativos y culturales; y,
CONSIDERANDO: Que el Municipio fue seleccionado por las Federaciones UCI (Unión Ciclista Internacional) y World Skate (Federación Internacional World Skate) como sede de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 (en adelante "los Juegos" en relación con las disciplinas ciclismo BMX y Patinaje de Velocidad (patín carrera) respectivamente, resultando tal selección objeto de validación final por parte del Comité Olímpico Internacional, tal como resulta de la nota fechada el 26 de marzo de 2018, obrante a fs. 3 del Expediente N° 4119-001946//2018, suscripta por el Director Ejecutivo y el Jefe de Deportes y Sedes (Venues) del Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018 (BAYOGOC).
Que, el emplazamiento de una pista de ciclismo BMX en el Paso de la Costa resultó autorizado por Ordenanza N° 33.145/2014.
Que, a la fecha. la pista de BMX adjudicada por Decreto 1619/2017 se encuentra en ejecución.
Que, realizado el análisis técnico correspondiente, la construcción del patinódromo se propone en el mismo predio en el que se encuentra emplazada la pista de ciclismo BMX, toda vez que ello minimizará las obras y montajes temporales necesarios para participar como sede en los Juegos y facilitará la logística relacionada con el evento; al tiempo que contribuirá a la puesta en valor del Paseo Costero, brindado más opciones de aprovechamiento público por parte de los vecinos.
Que, la Ordenanza N° 33.145 autorizó el Departamento Ejecutivo al emplazamiento y construcción de un área deportiva, recreativa, social y cultural contemplando la ejecución de la pista de ciclismo BMX, 2 (dos) canchas de hockey, 1 (una) cancha multiuso, Street y skate park, de conformidad con el detalle y planos incluidos en el Anexo I de la referida Ordenanza.
Que, se propone la modificación y reemplazo de los planos que integran el Anexo I de la Ordenanza N° 33.145/14 (plano de zonificación y plano general) sustituyéndolos por los que se acompañan a la presente, que contemplan el emplazamiento del patinódromo o pista de patinaje entre la infraestructura deportiva autorizada y necesaria para la realización de las actividades deportivas conforme al compromiso asumido por el Municipio de Vicente López.
Que, en el caso debe tenerse presente la relevancia institucional que tiene para el Municipio la condición de sede de los Juegos, su trascendencia nacional e internacional, el impacto positivo para la comunidad y su desarrollo social, deportivo, turístico, económico, etc., el desarrollo de las disciplinas deportivas, y la accesión al patrimonio público municipal de la pista de patinaje, todas consideraciones que emergen como vectores razonables que justifican la modificación del proyecto original autorizado por Ordenanza 33.145/14. 

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°.- Modificase el Anexo I de la Ordenanza N° 33.145/2014, sustituyendo los planos "Zonificación" y "General" por los planos que se adjuntan a la presente, con la finalidad de incluir y autorizar al Departamento Ejecutivo, a la construcción de un patinódromo y/o pista de patinaje de velocidad entre la infraestructura de usos deportivos, sociales y recreativos aprobados en el área.

ARTICULO 2°.- Considérese el exordio parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTICULO 3°.- COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LÓPEZ A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-

Fdo: Sandá- Zito

NOTA: Los anexos se publican al final del boletin en la version impresa y en la version digital clickear en el link "ANEXOS"

Anexos

plano zonificacion

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plano area de intervencion

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