Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 14111/2024
Quilmes, 22/07/2024
VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-28911-2023; y
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 14.111/2024 en la Sesión Ordinaria del día 1O de Julio del 2024, cuyo texto expresa:
VISTO:
El Expediente Nº 2-28911-HCD-2023. Presentado por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante Concejal FABIO BAEZ. Ref.: El propósito de reconocer y valorar la significativa contribución de las Pymes, Comercios e Industrias con más de 25 (veinticinco) años de antigüedad en el Partido de Quilmes a la Comunidad, la economía local, así como a la preservación de la cultura y la tradición, y la intención de fomentar un entorno propicio para el desarrollo sostenible de la actividad comercial en la Región, y CONSIDERANDO:
Que las Pymes, Comercios e Industrias con una trayectoria de más de 25 (veinticinco) años en el Partido de Quilmes representan un componente esencial del patrimonio comercial, industrial, de servicios y cultural arraigado en la comunidad. A lo largo de las décadas, estos establecimientos han servido como testigos de la evolución económica y social de la Localidad, contribuyendo de manera significativa a su identidad y memoria histórica.
Que estas Pymes, Comercios e Industrias han desempeñado un papel fundamental como generadores de empleo estable en la Región, brindando oportunidades laborales para los residentes locales y contribuyendo al enriquecimiento económico de la Comunidad. Su continua existencia es un pilar crucial para la estabilidad financiera de la Localidad.
Que las Pymes, Comercios e Industrias con una prolongada trayectoria con frecuencia encarnan y transmiten tradiciones y valores locales. Muchos de ellos han mantenido prácticas comerciales tradicionales y técnicas artesanales, lo que aporta a la preservación y promoción de la identidad y la cultura propias de Quilmes.
Que la concesión de un Reconocimiento Honorífico a estos establecimientos tiene el potencial de funcionar como un estímulo para que otros comercios locales aspiren a una longevidad igualmente destacable, lo que contribuirá al crecimiento económico sostenible del Partido de Quilmes.
Que resaltar a los comercios notables de Quilmes puede mejorar su visibilidad y atractivo tanto para los residentes locales como para los visitantes, lo que, a su vez, puede impulsar la actividad comercial en la zona y fomentar la competitividad local.
Que el acto de reconocer a estos comercios en una ceremonia anual de premiación no solo destaca sus logros, sino que también fortalece los lazos dentro de la Comunidad al involucrar a diversas partes interesadas, incluyendo a las Autoridades Municipales y otros miembros de la sociedad.
Que la promoción de los comercios reconocidos a través de los medios de comunicación y otras iniciativas no solo rinde homenaje a su legado, sino que también fomenta el consumo local y el apoyo a los negocios de Quilmes, contribuyendo al bienestar y la prosperidad de la Comunidad en su conjunto.
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA Nº 14111/2024
ARTICULO 1°: INSTITUYASE el Reconocimiento Honorífico para los establecimientos de Quilmes denominados "Pymes, Comercios e Industrias Emblemáticas de Quilmes". Este reconocimiento tiene como objetivo celebrar y preservar la rica tradición comercial de la Ciudad, honrando a aquellos establecimientos que, a lo largo de al menos 25 (veinticinco) años de funcionamiento ininterrumpido, han contribuido de manera significativa al tejido social, cultural y económico de Quilmes, incluyendo comercios minoristas, almacenes, espacios gastronómicos, pymes, empresas y servicios, sin distinción de rubro, que por su trayectoria, tradición, cultura e identidad forman parte del Patrimonio actual de la Ciudad y contribuyeron a su expansión y desarrollo comercial.
ARTICULO 2°: Requisitos:
"Las Pymes, Comercios e Industrias elegibles para este reconocimiento deben cumplir con los siguientes requisitos:
a.Estar ubicados en el Partido de Quilmes.
b. Haber estado en funcionamiento de manera ininterrumpida durante al menos 25 (veinticinco) años.
c.Ser una Pymes, Comercio e Industria legalmente establecida y registrada en cumplimiento con todas las normativas comerciales y fiscales aplicables."
ARTICULO 3°: Modalidad del Reconocimiento:
"El Reconocimiento Honorífico se otorgará de la siguiente manera:
a.Se realizará una ceremonia de reconocimiento anual en la cual se entregará un certificado honorífico y un distintivo conmemorativo a la Pymes, Comercio, e Industria seleccionada.
b.Se colocará una placa distintiva en el local, que servirá como símbolo público de su condición como "Pymes, Comercio e Industria Emblemática de Quilmes" y se instalará un nomenclador con una breve reseña histórica que destaque la importancia del establecimiento en la Ciudad".
ARTICULO 4°: Criterios de Selección:
"Los criterios para la selección de los establecimientos a ser reconocidos se basarán en:
ARTICULO 5º: Presentación de Candidaturas:
Las Pymes, Comercios e Industrias que deseen ser consideradas para este Reconocimiento Honorífico podrán ser propuestos por las y los Concejales, Organizaciones sin Fines de Lucro, o el Departamento Ejecutivo Municipal, presentando la siguiente documentación:
*Historia y descripción detallada del establecimiento, resaltando su relevancia cultural y económica.
*Pruebas documentales sólidas de su antigüedad y continuidad en la actividad."
ARTICULO 6°: Promoción de los Comercios Reconocidos:
"El Municipio de Quilmes se compromete a promover activamente las "Pymes, Comercios e Industrias Emblemáticas de Quilmes" reconocidos a través de medios de comunicación locales, actividades culturales y otras iniciativas destinadas a resaltar su importancia en la Comunidad y a fomentar su visibilidad."
ARTICULO 7º: AUTORIZASE al Honorable Concejo Deliberante, a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes.
ARTICULO 8°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes.
ARTICULO 9°: DEROGUESE toda Ordenanza que se oponga a la presente.
ARTICULO 10°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
QUILMES, 10 de Julio de 2024.
Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.
Dra. EDITH O. LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14.111/2024, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 10 de julio de 2024.-
ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-
Alejandro E. Gandulfo Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Claudio H. Carbone
Secretario Legal y Técnico
Municipalidad de Quilmes
DECRETO 2127/2024