Boletines/Rivadavia

Ordenanza Nº4795/2024

Ordenanza Nº 4795/2024

Rivadavia, 30/07/2024

VISTO

          Las constancias obrantes en el expediente administrativo número 4094-272-30/04/2024 caratulado: “Solicitud de regularización dominial a favor de la Sra. María Claudia RODRIGUEZ-inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana 145-M, Parcela 19 (Barrio Plan Abuelos- casa N° 9-America)”por el cual la Sra. María Claudia Rodríguez, solicitó al Sr. Intendente Municipal mediante nota formal de fecha 29/04/2024- N° de registro 393-, arbitrar las acciones necesarias para proceder a regularizar la situación dominial de su vivienda lo que significaría para dicha familia garantizar condiciones de seguridad jurídica y ampliación de derechos en protección de la vivienda familiar;

          Que, desde la Secretaría de Desarrollo Humano de éste municipio, se realizaron amplios informes socio-ambientales a fin de constatar la ocupación de la vivienda con el correr de los años;

Y CONSIDERANDO:            

                               El resultado del informe socio-ambiental practicado con fecha 01/07/2024 por Secretaría de Desarrollo Humano en el domicilio de la familia solicitante dando cuenta de la siguiente situación;

                               Que, el grupo familiar conformado por la Sra. María Claudia RODRIGUEZ, D.N.I.: 24.044.076, y su hija Brisa Carla CHELIA, D.N.I.: 44.042.295-, se encuentran habitando la vivienda sito en calle 1° Junta Vecinal s/n- Casa N° 9 (Plan Abuelos), de la ciudad de América, Partido de Rivadavia, adjudicada oportunamente mediante Ordenanza N° 1834 del año 1995 a la Sra. Regina GOMEZ como respuesta a una demanda habitacional de emergencia acordando el destino de la misma exclusivamente para vivienda familiar, única y de ocupación permanente;

                               Que, con posterioridad, conforme se vislumbra de las constancias obrantes en el expediente administrativo N° 4094-129/2006 caratulado “Re adjudicación de viviendas – Casa N° 9 Plan Abuelos”-ante el fallecimiento de la Sra. Gómez, el inmueble en cuestión fue debidamente adjudicado al Sr. Miguel Ángel RODRIGUEZ-D.N.I.: 5.060.754, hijo de la Sra. Regina Gómez, ello mediante Decreto N° 417/2006;

                           Que, las viviendas de dicho plan fueron construidas desde el año 1.992 en el marco del Plan Abuelos instituido a partir del convenio que la Municipalidad de Rivadavia suscribió con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, convalidado por Ordenanza N° 1.643 de fecha 23 de diciembre de 1.992, donde se estableció la entrega en Comodato a los beneficiarios que el Municipio oportunamente determine;

                               Que es relevante proceder a la regularización dominial de dichos inmuebles a favor de los ACTUALES OCUPANTES mediante transferencia gratuita, en este caso a favor de la Sra. María Claudia Rodríguez quien habita actualmente junto a su hija-quien posee certificado único de discapacidad Ley 22.431-, atento a que el derecho al acceso a la vivienda digna posee raigambre constitucional, siendo necesario proceder a resolver las situaciones habitacionales de los vecinos del  Distrito de Rivadavia;

                            Que de acuerdo a lo normado por el art. 56 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (L.O.M) este trámite debe ser convalidado por el Honorable Concejo Deliberante;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE RIVADAVIA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- DESAFECTESE el uso otorgado conforme Ordenanza N° 1834/1995 el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Quinta 145, Manzana 145-M, Parcela 19-Casa N° 9– Partida inmobiliaria: 089- 13949, sito en la planta urbana de la localidad de América, Partido de Rivadavia (089).-

ARTICULO 2º.- AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo a proceder a la  transferencia a título gratuito del siguiente inmueble a favor de la beneficiaria que a continuación se detalla, a saber:

Sra. María Claudia RODRIGUEZ- D.N.I. N° 24.044.076

Circunscripción: I, Sección: C, Quinta: 145, Manzana: 145-m, Parcela: 19. Casa N° 9.

ARTICULO 3°.- REMITANSE las actuaciones administrativas a la Escribanía General  de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a fin de que otorgue los actos notariales de rigor a efectos de obtener la inscripción dominial del inmueble indicado en los artículos 2°  a favor de la adjudicataria.-

ARTICULO 4º.- DECLÁRASE de INTERÉS SOCIAL la escrituración de los inmuebles  a favor de la beneficiaria, ello en los términos del artículo 4° inciso d) de la ley 10.830.

ARTICULO 5º.-   Comuníquese, regístrese y archívese. -

          DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA A TREINTA DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO.--------------------------------------------------------------------------------

YAMILA ZAIN

 

 

JORGE PABLO ROSOLEN

 

Secretaria

 

 

Presidente

 

Honorable Concejo Deliberante

 

Expte. N° 107/2024

 

 

Honorable Concejo Deliberante

 

 

 

Promulgada por Decreto Nº 954/2024