Boletines/Rivadavia
Ordenanza Nº 4791/2024
Rivadavia, 10/07/2024
VISTO:
Las constancias obrantes en el Expediente Administrativo Nº 4094-340-27/05/2024 caratulado: “Rectificación Ordenanza N° 3.778/2015- Regularización dominial a favor de la Sra. Lorena GIMENEZ, inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 145-b, Parcela 19”;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza N° 3.727 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16/04/2015, se crea el Programa “Adjudicación de terrenos por venta para la construcción de vivienda única y de ocupación permanente”, autorizándose al Departamento Ejecutivo a la venta de terrenos de propiedad municipal, indicados en el artículo segundo de dicha Ordenanza;
Que mediante Ordenanza N° 3.778, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 23/07/2015, se autorizó la escrituración de los inmuebles detallados en el artículo primero de la misma;
Que conforme se vislumbra del ANEXO I de la Ordenanza previamente aludida, la Sra. Lorena GIMENEZ- D.N.I. N° 95.103.723 y Sr. Agustín GODOY- D.N.I. N° 35.910.217 resultaron adjudicatarios del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, sección C, Manzana 145-b, Parcela 19, Partida Inmobiliaria: 089-14779, sito en esta ciudad de América, Pdo. Rivadavia;
Que con fecha 07/07/2015, La Municipalidad de Rivadavia conjuntamente con los adjudicatarios Giménez-Godoy, suscribieron boleto de compraventa en relación al inmueble previamente referenciado, monto respecto al cual se halla debidamente cancelado en su totalidad;
Que la Sra. Giménez y el Sr. Godoy se hallan actualmente divorciados, y los mismos arribaron a un acuerdo, acordando la atribución del cien por ciento (100%) del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, sección C, Manzana 145-b, Parcela 19 a favor de la Sra. Giménez, renunciando así el Sr. Godoy a dicha adjudicación;
Que, con el fin de continuar y culminar el trámite de escrituración del bien inmueble anteriormente mencionado, es preciso rectificar la Ordenanza N° 3.778/2015;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- DESADJUDIQUESE al Sr. Agustín GODOY, D.N.I 35.910.217, el inmueble urbano Identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana: 145-b, Parcela: 19 sito en la ciudad de América, Partido de Rivadavia, quedando como único titular la Sra. Lorena GIMENEZ, D.N.I 95.103.723
ARTÍCULO 2.- DECLÁRASE de interés social la escrituración del inmueble a favor de la Sra. Lorena GIMENEZ. –
ARTÍCULO 3.- Comuníquese, Regístrese y Archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE RIVADAVIA A DIEZ DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-----------------------------------------------------------------
YAMILA ZAIN |
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JORGE PABLO ROSOLEN |
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Secretaria |
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Presidente |
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Honorable Concejo Deliberante REF: Expte. Nº 102/2024 |
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Honorable Concejo Deliberante |
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Promulgada por Decreto Nº 850/2024