Boletines/Rivadavia

Ordenanza Nº4791/2024

Ordenanza Nº 4791/2024

Rivadavia, 10/07/2024

VISTO:          

               Las constancias obrantes en el Expediente Administrativo Nº 4094-340-27/05/2024 caratulado: “Rectificación Ordenanza N° 3.778/2015- Regularización dominial a favor de la Sra. Lorena GIMENEZ, inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 145-b, Parcela 19”; 

 

Y CONSIDERANDO:              

                             Que mediante Ordenanza N° 3.727 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 16/04/2015, se crea el Programa “Adjudicación de terrenos por venta para la construcción de vivienda única y de ocupación permanente”, autorizándose al Departamento Ejecutivo a la venta de terrenos de propiedad municipal, indicados en el artículo segundo de dicha Ordenanza;

                                         Que mediante Ordenanza N° 3.778, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 23/07/2015, se autorizó la escrituración de los inmuebles detallados en el artículo primero de la misma;

                                Que conforme se vislumbra del ANEXO I de la Ordenanza previamente aludida, la Sra. Lorena GIMENEZ- D.N.I. N° 95.103.723 y Sr. Agustín GODOY- D.N.I. N° 35.910.217 resultaron adjudicatarios del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, sección C, Manzana 145-b, Parcela 19, Partida Inmobiliaria: 089-14779, sito en esta ciudad de América, Pdo. Rivadavia;

                               Que con fecha 07/07/2015, La Municipalidad de Rivadavia conjuntamente con los adjudicatarios Giménez-Godoy, suscribieron boleto de compraventa en relación al inmueble previamente referenciado, monto respecto al cual se halla debidamente cancelado en su totalidad;

                               Que la Sra. Giménez y el Sr. Godoy se hallan actualmente divorciados, y los mismos arribaron a un acuerdo, acordando la atribución del cien por ciento (100%) del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I, sección C, Manzana 145-b, Parcela 19 a favor de la Sra. Giménez, renunciando así el Sr. Godoy a dicha adjudicación;

                                   Que, con el fin de continuar y culminar el trámite de escrituración del bien inmueble anteriormente mencionado, es preciso rectificar la Ordenanza N° 3.778/2015;

       

         EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA EN  USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.- DESADJUDIQUESE al Sr. Agustín GODOY, D.N.I 35.910.217, el inmueble urbano Identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección C, Manzana: 145-b, Parcela: 19 sito en la ciudad de América, Partido de Rivadavia, quedando como único titular la Sra. Lorena GIMENEZ, D.N.I 95.103.723

ARTÍCULO 2.-  DECLÁRASE de interés social la escrituración del inmueble a favor de la Sra. Lorena GIMENEZ. –

ARTÍCULO 3.-  Comuníquese, Regístrese y Archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE RIVADAVIA A DIEZ DIAS DEL MES DE  JULIO  DEL AÑO DOS MIL  VEINTICUATRO.-----------------------------------------------------------------

YAMILA ZAIN

 

 

JORGE PABLO ROSOLEN

 

Secretaria

 

 

Presidente

 

Honorable Concejo Deliberante

REF: Expte. Nº 102/2024

 

 

Honorable Concejo Deliberante

 

               

Promulgada por Decreto Nº 850/2024