Boletines/Rivadavia
Ordenanza Nº 4787/2024
Rivadavia, 10/07/2024
VISTO:
Las gestiones que se encuentra realizando el Departamento Ejecutivo ante la Subsecretaría de Gestión y Contralor del Conocimiento, Redes y Tecnologías Sanitarias, dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires con el objeto de continuar con el dictado de la Carrera de Tecnicatura Superior en Enfermería a fin de formar profesionales idóneos acordes a las actuales exigencias del Distrito;
Y CONSIDERANDO:
Que el Municipio se compromete a ceder las instalaciones adecuadas para el dictado y desarrollo de las clases y a brindar las instalaciones físicas para el desarrollo de las prácticas;
Que asimismo el Municipio se compromete a proveer los recursos didácticos necesarios y asumir el pago total que demande la financiación de la planta docente de acuerdo al plan de estudios conforme Resolución Nº 4259/09, de la Dirección General de Cultura y Educación;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Autorizase al Intendente Municipal, Juan Alberto Martínez, a suscribir un Acta Acuerdo con la Subsecretaría de Gestión y Contralor del Conocimiento, Redes y Tecnologías Sanitarias, dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de implementar en forma conjunta una TECNICATURA SUPERIOR EN ENFERMERÍA a dictarse en la ciudad de América a partir del mes de abril del año 2024.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE RIVADAVIA A DIEZ DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.----
YAMILA ZAIN |
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JORGE PABLO ROSOLEN |
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Secretaria |
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Presidente |
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Honorable Concejo Deliberante REF: Expte. Nº 98/2024 |
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Honorable Concejo Deliberante |
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Promulgada por Decreto Nº 846/2024