Boletines/Rivadavia
Decreto Nº 590/2024
Rivadavia, 14/05/2024
Visto
Que por Ordenanza Nº 2624/2003, se establece el pago de una bonificación en concepto de ¨Traslado Médico¨ a profesionales del Hospital Municipal que acompañen a pacientes que deban ser trasladados a otros centros sanitarios;
Que por la Ordenanza N° 4776/2024 establece los montos a abonar por el servicio;
Considerando
Los informes elevados por la Administración del Hospital Municipal donde constan los traslados efectuados;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE RIVADAVIA, EN USO DE SUS FACULTADES
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Abónese a los profesionales médicos del Hospital Municipal que se detallan a continuación la suma que en cada caso se indica en concepto de ¨Traslado Médico¨:
Profesional Médico |
Fecha de Viaje |
Destino |
Monto |
Imputación Presupuestaria |
SOFIA VELLOSO |
05 y 06/05/24 |
Monte Grande |
84.269,60 |
1110108000 – Sec. de Salud 9204 – Atención en Internación 38 – Secretaría de Salud 60.04.00 – 3.7.2.0. - Viáticos |
JUAN GOMEZ |
4 y 6/05/24 |
Trenque Lauquen |
53256,00 |
1110108000 – Sec. de Salud 9204 – Atención en Internación 38 – Secretaría de Salud 60.04.00 – 3.7.2.0. - Viáticos |
ARTICULO 2º.- Tome conocimiento del presente la Contaduría Municipal a los efectos que correspondan.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese, regístrese y archívese.-
SEBASTIÁN HERNÁNDEZ Dr. JUAN ALBERTO MARTÍNEZ
Secretario de Gobierno y Desarrollo Intendente Municipal