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Decreto Nº524/2024

Decreto Nº 524/2024

Rivadavia, 29/04/2024

Visto

              La necesidad de contar en este Municipio con un área de genero destinada a incorporar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres, varones y personas con identidad LGBTIQ+ en el diseño de políticas y planes de desarrollo municipal con perspectiva de género;

                La necesidad de celebrar convenios con el MINISTERIO DE MUJERES Y DIVERSIDAD, con el objeto de acceder a los distintos programas que estos ofrecen con el fin de avanzar en la erradicación de las violencias, y promover la autonomía de mujeres y LGTBI+;

 

Considerando

 

                            Que resulta indispensable adoptar y generar estructuras públicas específicas que propicien espacios de apertura con la perspectiva de género como eje rector;

                             Que es necesaria la construcción de una sociedad más igualitaria que promueva la autonomía integral de todas las personas, sin establecer jerarquías entre las diversas orientaciones sexuales, identidades o expresiones de género;

                              Que es un eje transversal de esta gestión municipal elaborar políticas públicas inclusivas e igualitarias con perspectiva de género, con el fin de producir transformaciones en la situación social, económica, cultural y política de la comunidad;

                                Que, para la construcción y el sostenimiento de cambios trascendentales en pos de alcanzar la igualdad de trato y oportunidades entre varones, mujeres y personas con identidad LGBTIQ+ es fundamental el compromiso y la participación activa de toda la sociedad;

                                Que, en tal sentido se hace necesario institucionalizar un espacio que contemple y tenga en cuenta los intereses y necesidades específicos antes citados a partir de la escucha activa, promoviendo acciones que favorezcan la equidad y erradicación de la violencia en todas sus formas;

                               Que resulta necesaria contar con un Área de Género y Diversidad Sexual con el fin de asegurar, articular, formular, ejecutar y coordinar programas, proyectos y actividades tendientes a fomentar la equidad de género y coordinar con organismos provinciales y nacionales acciones positivas;

                               Que el Ministerio de Mujeres y Diversidad ofrece la incorporación, a través de la suscripción de un convenio, al programa COMUNIDADES SIN VIOLENCIA que tiene como objetivo fortalecer las políticas de género en los municipios de la provincia de Buenos Aires;

                                 Que como requisito para su implementación se exige tener institucionalizada el área de genero municipal;

                                 Que en consecuencia, resulta necesario designar la repartición de este Departamento Ejecutivo que tenga la responsabilidad de la ejecución y coordinación de las actividades vinculadas al mismo;

                                  Que, por los fundamentos expuestos,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE RIVADAVIA, EN USO DE SUS FACULTADES

D  E  C  R  E  T  A

 

ARTICULO 1°.- Designase a la Jefatura de Juventud para la ejecución y/o coordinación  local de las actividades previstas en el Programa "Comunidades sin Violencia" conforme lo previsto en el Convenio celebrado con, 

ARTICULO 2°.- Modifícase la denominación de la Jefatura referida en el artículo anterior, la que pasa a llamarse "JEFATURA DE JUVENTUD, GÉNERO Y DIVERSIDAD", sin que ello implique alteración alguna del actual esquema presupuestario ni de organigrama.

ARTICULO 3°.-  Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

                  SEBASTIÁN HERNÁNDEZ                                                      Dr. JUAN ALBERTO MARTÍNEZ

           Secretario de Gobierno y Desarrollo                                                       Intendente Municipal