Boletines/Tornquist

Decreto Nº990/24

Decreto Nº 990/24

Tornquist, 31/07/2024

Visto y considerando

VISTO:

                                       La solicitud efectuada por la Subsecretaria de Comunicación e Innovación Publica - Secretaría de Gobierno y Gestión Pública a través del Expediente N° 336/24, caratulado “Solicitud de declaración de incompetencia de la Subsecretaria de Comunicación e Innovación Publica - Gobierno y Gestión Pública”;

Y CONSIDERANDO:                       

                                      Que la Subsecretaria de Comunicación e Innovación Publica - Gobierno y Gestión Pública ha manifestado la necesidad de contratar una persona idónea ad-hoc para afectarlo las tareas de: Fotografía y manejo de redes sociales;

          Que la Subsecretaria de Comunicación e Innovación Publica, se ha declarado incompetente para realizar y asumir las tareas antes mencionadas;

          Que el artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires establece que “cuando las Municipalidades carezcan de oficinas técnicas a cargo de profesionales, se podrán contratar los estudios, los proyectos y/o la dirección de las obras públicas con profesionales que figuren inscriptos en un registro que habilitarán al efecto. (…) El Departamento Ejecutivo podrá resolver, con el mismo método, las situaciones que se originen cuando, teniendo la Municipalidad organizada su oficina técnica, ésta se declarará incompetente para realizar los proyectos y asumir la dirección de las obras públicas. La precitada declaración de incompetencia deberá ser fundada y ser reconocida por el Departamento Ejecutivo.”;

          Que es menester dictar el acto administrativo correspondiente;

Por ello, en uso de sus atribuciones,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO

D   E   C   R   E   T   A

ARTÍCULO 1º:  Téngase presente y acéptese la declaración de incompetencia dispuesta por la Subsecretaria de Comunicación e Innovación Publica - Secretaría de Gobierno y Gestión Publica en relación con la tarea detallada en el exordio. 

ARTICULO 2º: Autorícese y facúltese a la jurisdicción referida, a proceder a la contratación de un profesional ad-hoc para afectarlo a la tarea de: Fotografía y manejo de redes sociales

ARTICULO 3°: Comuníquese y publíquese. Regístrese y cumplido: ARCHIVESE