Boletines/Tornquist
Decreto Nº 893/24
Tornquist, 08/07/2024
Visto y considerando
VISTO:
La solicitud efectuada por la Secretaría de Desarrollo a través del Expediente N° 300/24, caratulado “S.D.: Solicitud de reconocimiento de declaración de incompetencia de la Subsecretaria de Comunicación e Innovación Publica para mantenimiento y Actualización de Pagina Web Oficial”;
Y CONSIDERANDO:
Que la Subsecretaría ha manifestado la necesidad de contratar personal técnico ad-hoc para afectarlo a: MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACION DE PAGINA WEB OFICIAL;
Que conforme refiere el área mencionada, éste pedido lo motiva, el no contar por parte del Municipio con personal con capacidad para desempeñar la tarea;
Que la Sra. Subsecretaria de Comunicación e Innovación Publica se ha declarado incompetente para realizar y asumir la tarea mencionada;
Que del artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece “Cuando las municipalidades carezcan de oficinas técnicas a cargo de profesionales, se podrán contratar los estudios, los proyectos y/o la dirección de las obras públicas con profesionales que figuren inscriptos en un registro que habilitarán al efecto. El Departamento Ejecutivo podrá resolver, con el mismo método, las situaciones que se originen cuando, teniendo la Municipalidad organizada su oficina técnica, ésta se declarará incompetente para realizar los proyectos y asumir la dirección de las obras públicas. La precipitada declaración de incompetencia deberá ser fundada y ser reconocida por el Departamento Ejecutivo.”;
Por ello, en uso de sus atribuciones,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Téngase presente y acéptese la declaración de incompetencia dispuesta por la Subsecretaría de Comunicación e Innovación Publica, en relación a la tarea detallada en los considerandos.
ARTICULO 2º: Autorícese y facúltese a la Subsecretaría de Comunicación e Innovación Publica, a proceder a la contratación de personal técnico ad-hoc para afectarlo a la realización de: MANTENIMIENTO Y ACTUALIZACION DE PAGINA WEB OFICIAL.
ARTICULO 3º: Comuníquese y publíquese. Regístrese y cumplido: ARCHIVESE.