Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº0777/24

Decreto Nº 0777/24

Coronel Pringles, 16/05/2024

Visto

el Expedientes N° 0671/24, iniciado por la Ing. Agrimensora Noelia Sali, Directora de Catastro, Tierra y Vivienda; y

Considerando

Que mediante Decreto N° 0607/24 y de acuerdo a lo normado en la Ordenanza N° 4.824/22 se  llamó a Licitación Publica N° 03/24 por la “Venta de Terrenos en Coronel Pringles”, con un Presupuesto Oficial de $6.561.500,00, Nomenclatura Catastral Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 86, Parcela 1A, de 12,50 m de frente por 25 m de fondo (4,25 de ochava), Superficie de 308,00 m2”;

Que reunida la Comisión de Adjudicación conformada al efecto por Directora de Catastro, Vivienda y Tierra Sra. Salí Noelia y el Jefe de Compras Sr. Sofía Matías, manifiestan que no hubo oferentes, quedando desierto dicha Licitación;

Que por lo expuesto se procede al Segundo llamado del Licitación Publica N° 03/24 por la “Venta de Terrenos en Coronel Pringles”, con un Presupuesto Oficial de $5.905.350,00, fijando el día 28 de mayo de 2024 la apertura de propuestas, a la hora 10,00 en la Oficina de Compras de la Municipalidad;

                    Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Declárese Desierto el llamado a Licitación Publica N° 03/24 por la “Venta de Terrenos en Coronel Pringles”, con un Presupuesto Oficial de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS ($6.561.500,00), en virtud de no haberse presentado ningún oferente.

ARTICULO 2°: Procédase con el Segundo llamado a Licitación Publica N° 03/24 por la “Venta de Terrenos en Coronel Pringles”, con un Presupuesto Oficial de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA ($5.905.350,00), fijando el día 28 de mayo de 2024 la apertura de propuestas, a la hora 10,00 en la Oficina de Compras de la Municipalidad.

ARTICULO 3°: La Oficina de Compras cursará las invitaciones a las casas del  ramo inscriptas en el Registro de Proveedores municipal.  

ARTICULO 4°: Los ingresos que genere la venta de los terrenos fiscales de acuerdo lo normado en la Ordenanza Nº 4.824/22, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, se dividirán de la siguiente manera: 1. Un 82% (ochenta y dos por ciento) se destinará al Recurso 21.1.01.02 “Infraestructura Urbana”, Jurisdicción 1110119000 “Jefatura de Gabinete”, Fuente de Financiamiento 131 – de Origen Municipal. 2. Un 15% (quince por ciento) se destinará al Recurso 21.1.01.03 “Programa Municipal Banco de Tierras”, Jurisdicción 1110119000 “Jefatura de Gabinete”, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal”. 3. Un 3% (tres por ciento) se destinará al Recurso 21.1.01.04 “Regularización Dominial de Terrenos Fiscales”, Jurisdicción 1110119000 “Jefatura de Gabinete”, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal. Dicha división de ingresos de dinero se detalla en el Artículo Nº 3° de la Ordenanza Municipal N° 4.824/22.

ARTICULO 5°: Los gastos que surjan de la recaudación de cada venta de terrenos fiscales serán imputados de la siguiente manera: el 82% a Categoría Programática 25.79.00 “Infraestructura Urbana”, Jurisdicción 1110125000; “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Partida 4.2.2.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Público”, Fuente de Financiamiento 131 – de Origen Municipal;

El 15 % a Categoría Programática 18.03.00 “Programa Municipal Banco de Tierras”, Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Partida según corresponda imputar el gasto, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal”; y el 3% restante a Categoría Programática 18.04.00 “Regulación Dominial, Ordenanza 4.824/22”, Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Partida 3.8.9.0 “Impuestos, Derechos y Tasas – Otros”, Fuente de Financiamiento 131 – de Origen Municipal. Al valor base se agregó la suma de $61.500,00 en concepto de gastos por tasación.

ARTICULO 6º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 0777/24.