Boletines/Campana

Decreto Nº475/24

Decreto Nº 475/24

Campana, 30/05/2024

EX-2024-00040133-MUNICAM-SMESA#DGAA Designación Sr. Leonardo Miguel DAMIOLINI.

Visto

El Decreto – Ley N° 6769/1958 – Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.),la Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 184/2022 (t.v.); y el EX-2024-00040133MUNICAMSMESA#DGAA; y

Considerando

Que obra Formulario Incorporación de Personal mediante el cual la Secretaría de Espacio Público y Descentralización solicita la designación del Sr. Leonardo Miguel DAMIOLINI y otorgarle la “Bonificación para Conductores”.

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que el Sr. DAMIOLINI cumple con todos los requisitos de admisibilidad para el ingreso a la Administración Pública y que no posee antecedentes penales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.

Que asimismo comunica que el Sr. DAMIOLINI puede ser designado desde el 22 de abril de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Servicio VII- (Chofer) - Clase VII – Personal de Servicio - con 48 horas semanales de labor, dependiente del Departamento Corralón Norte, Dirección General de Servicios Públicos, Subsecretaría de Espacios Públicos y Servicios, Secretaría de Espacio Público y Descentralización, Jefatura de Gabinete y otorgándole la “Bonificación para Conductores”, consistente en el doce por ciento (12%), de su sueldo básico con carácter mensual.

Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, afectando presupuestariamente la erogación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022(t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase al Sr. Leonardo Miguel DAMIOLINI (D.N.I. 26.268.580 – Clase 1978), en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Servicio VII- (Chofer) - Clase VII – Personal de Servicio - con 48 horas semanales de labor, dependiente del Departamento Corralón Norte, Dirección General de Servicios Públicos, Subsecretaría de Espacios Públicos y Servicios, Secretaría de Espacio Público y  Descentralización, Jefatura  de Gabinete, con  retroactividad al  22  de abril de  2024  y hasta  el 31 de diciembre del mismo  año inclusive. No obstante,  y antes de la  fecha de  conclusión indicada anteriormente,  cuando razones de  servicio así lo aconsejen éste podrá ser dado de baja, ello de conformidad con lo prescripto en el artículo 43 y concordantes del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.-

ARTÍCULO 2°.- Establécese que el nombramiento dispuesto en este Decreto está alcanzado por  las  disposiciones de  los  artículos 2°,  68 y 111 de  la Ley  Provincial  N° 14.656 y  los artículos 4°,  21 y 36 del Convenio  Colectivo de Trabajadores Municipales. -

ARTÍCULO 3°.- Otórgase al Sr. Leonardo Miguel DAMIOLINI, la “Bonificación para Conductores”, que contempla el artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, consistente en el doce por ciento (12%) del sueldo básico, con carácter mensual. -

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Bonificación acordada en el artículo 3° rige con retroactividad al 22 de abril de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, pudiendo ser dejadas sin efecto antes de esta última fecha si desaparecen las causas que motivaron su concesión.-

ARTÍCULO 5°.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110125000 – Secretaría de Espacio Público y Descentralización, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-

ARTÍCULO 6°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 7°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-