Boletines/Campana
Decreto Nº 458/24
Campana, 29/05/2024
Expediente Municipal Nº 4016-343-1983 Cpo. 11
Visto
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto – Ley N° 6769/1958 – (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 184/2022 (t.v.); y el Expediente Municipal Nº 4016-343-1983 Cuerpo 11; y
Considerando
Que en las presentes actuaciones corre agregado el Expediente Municipal N° 4016-25441-2001.
Que en expediente mencionado luce Resolución del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, la que dispone la modificación del articulado de la circular N° 280 de ese Honorable Tribunal, referente a los procedimientos a seguir en lo atinente a la aprobación de fondos destinados a gastos menores o “Cajas Chicas”.
Que obran los antecedentes de los Decretos Nº 497/83 y N° 1713/2014 y su modificatorio el Decreto N° 1929/2014, los que reglamentan las Cajas Chicas de este Municipio.
Que luce Resolución N° AG 0007/2014, emitida por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires se dispuso el importe límite en lo atinente a la aprobación de fondos destinados a gastos menores o “Cajas Chicas”, como consecuencia de los cambios en las variables económicas acaecidas.
Que en virtud de lo dispuesto en la mencionada Resolución del precitado organismo provincial, puede disponerse la aprobación de fondos destinados a los citados gastos menores, los que se detallan en el presente acto administrativo.
Que según lo dispuesto en el Artículo 88 del Decreto Provincial Nº 2980/2000, la rendición de las indicadas Cajas Chicas se efectuará por lo menos una vez por mes en la Tesorería Municipal.
Que se adjunta la Resolución AG Nº 0007/2017 emitida por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires en la cual se dispuso la actualización del importe límite establecido.
Que obran los Decretos N° DECTO-2024-3-E-MUNICAM-INT, DECTO-2024-27-E-MUNICAM-INT, DECTO-2024-164-E-MUNICAM-INT.
Que luce nota emitida por la Jefatura de Gabinete solicitando la asignación de una Caja Chica para el Jefe de Prensa.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda interviene.
Que, en virtud de lo precedentemente expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo.
Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y otorga continuidad a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108 del Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Créase para el ejercicio 2024 la Caja Chica en la dependencia de este Municipio que a continuación se menciona, asignándose el monto que se especifican, la que estará a cargo del funcionario designado oportunamente:
Jefatura de Prensa….…………………………………..…..……..…….….. ..$ 100.000.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que las disposiciones de este Decreto, rigen con efecto retroactivo al día 23 de mayo de 2024.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaría Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, y el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-