Boletines/Campana

Decreto Nº457/24

Decreto Nº 457/24

Campana, 28/05/2024

Expediente Municipal Nº 4016-6644-2024 “Adquisición de Determinaciones de Química Clínica para la U.H.S.J.”.

Visto

El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, la Ordenanza N° 7608, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), el Decreto N° 184/2022 (t.v); y el Expediente Municipal Nº 4016-6644-2024; y

Considerando

Que la Secretaría de Salud propicia las actuaciones para la “Adquisición de  Determinaciones de Química Clínica para la U.H.S.J.” emitiendo informe circunstanciado donde informa que habiendo finalizado el contrato el día 31/12/2023 con la firma EXSA S.R.L y  por cuestiones inherentes al tipo de servicio de que se trata y ante la necesidad de no alterar y mantener las prestaciones de manera ininterrumpida para no comprometer la integridad física y la vida de las personas, dada la incompetencia de la Unidad Hospitalaria San José para cubrir en su totalidad la demanda es que promueve la presente adquisición.

Que la Secretaría de Salud adjunta presupuesto de la firma EXSA S.R.L, con detalle de nombre y cantidad de las 34.480 determinaciones de química clínica ARC, con un valor unitario de $ 757,77.- y por un total de $ 26.127.909,60.-

Que obra adjunta la Ordenanza N° 7608 y la intervención de la Dirección de Compras, donde conforme lo informado respecto a la necesidad de realizar la presente adquisición a la firma EXSA S.R.L (C.U.I.T N° 3069769605-5) se sugiere encuadrar la misma en el marco de la Emergencia Económica, Financiera y Administrativa declarada en la Municipalidad de la ciudad de Campana en virtud de la Ordenanza N° 7608.

Que la Dirección de Presupuesto Municipal dependiente de la Secretaría de Economía y Hacienda sugiere la imputación presupuestaria para la erogación que se pretende realizar, mencionando que la erogación podrá llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a la estructura programática mencionada de economías realizadas dentro de la misma Secretaría, o bien de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente en sus artículos N° 8 y N° 9. 

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento informando que no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez transferido el crédito presupuestario a la categoría programática ya mencionada de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente.

Que interviene la Secretaría de Economía y Hacienda, toma conocimiento e informa que, al día de la fecha el crédito presupuestario resulta insuficiente para la erogación que se pretende realizar, pero la misma podrá llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a la categoría programática sugerida de economías realizadas dentro de la misma Secretaría, o bien de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente en sus artículos N° 8 y 9.

Que  luce la Solicitud  de Pedido N° 3-2450-656 por la suma de Pesos Veintiséis  Millones Ciento Veintisiete Mil Novecientos Nueve con 60/100 centavos ($ 26.127.909,60.-).

Que  luce Solicitud de Gasto N°  0-2731,  por  la suma  total de  Pesos Veintiséis Millones Ciento Veintisiete Mil Novecientos Nueve con 60/100 centavos ($ 26.127.909,60.-).

Que la Dirección de Compras toma conocimiento de la Solicitud de Gasto  N° 0-2731 y conforme  lo informado por  la Secretaría de Salud anteriormente, en virtud de la Emergencia Económica, Financiera y Administrativa en la Municipalidad de la ciudad de Campana, declarada mediante Ordenanza N° 7608, estimando conveniente realizar la compra  directa a la firma  EXSA  S.R.L (C.U.I.T N°  30-69769605-5) por  un total de Treinta y Cuatro Mil Cuatrocientos Ochenta determinaciones de química clínica ARC – según lo detallado en el presupuesto adjunto–  por un valor unitario de Pesos Setecientos Cincuenta y Siete con 77/100 centavos ($ 757,77.-) haciendo un total de Pesos Veintiséis Millones Ciento Veintisiete Mil Novecientos Nueve con 60/100 centavos ($ 26.127.909,60.-)  I.V.A incluido, acompaña la ficha de proveedor de la mencionada empresa.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y otorga continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que el plexo normativo del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires regula el procedimiento de adquisición de bienes y servicios que rige esta Municipalidad.

Que el artículo 156 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) establece que ¨Con excepción a lo prescripto en el artículo 151° sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: inciso 10º) Las adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza, en las condiciones comerciales de oferta más convenientes en el mercado, cualquiera sea su monto¨.

Que en virtud de la necesidad planteada resulta procedente el dictado del acto administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.),  asimismo  se dicta en  los términos de  la  Ordenanza Nº  6613 promulgada por  el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Compra Directa de la presente “Adquisición de Determinaciones de Química Clínica para la U.H.S.J.” en virtud de la Emergencia Económica, Financiera y Administrativa en la Municipalidad de la ciudad de Campana, declarada mediante Ordenanza N° 7608 a la firma EXSA S.R.L (C.U.I.T N° 30-69769605-5) por treinta y cuatro mil cuatrocientas ochenta (34.480) determinaciones de química clínica ARC, por un valor unitario de Pesos Setecientos Cincuenta y Siete con 77/100 centavos ($ 757,77.-) ascendiendo a la suma total de Pesos Veintiséis Millones Ciento Veintisiete Mil Novecientos Nueve con 60/100 centavos ($ 26.127.909,60.-)  I.V.A incluido, conforme Informe Circunstanciado y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-6644-2024.-

ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para el pago de lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110105000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 18.13 “Laboratorio UHSJ”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 3.2.9 “Alquileres y Derechos - Otros”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-

ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, la Señora Secretaria de Salud y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-