Boletines/Campana

Decreto Nº451/24

Decreto Nº 451/24

Campana, 27/05/2024

Expediente Municipal Nº 4016-4239-2023, Alcance 1, Cpo 1

Visto

El Decreto-Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v); la aplicación de las Disposiciones de Administración de los Recursos Reales y Financieros, aprobadas por el Decreto Provincial Nº 2.980/00 reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades y ratificadas por la Ley Provincial Nº 13.295;  El Decreto N° 0012 BIS , el DECTO-2024-220-E-MUNICAM-INT, la Resolución AG 449/11 del Honorable Tribunal de Cuentas; la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 184/2022 (t.v.), y el Expediente Municipal Nº 40164239-2023, Alcance 1, Cpo 1;  y

Considerando

Que los criterios prácticos de aplicación al R.A.F.A.M, que emanan del Honorable Tribunal de Cuentas, determinan que debe existir orgánicamente un responsable del presupuesto asignado a nivel de cada categoría programática que se responsabilice de la gestión presupuestaria a fin de llevar a cabo la producción programada.

Que la designación de los responsables de las unidades ejecutoras corresponderán a la ejecución presupuestaria del ejercicio 2024.

Que la unidad administrativa responsable de una categoría programática se denomina Unidad Ejecutora y que la máxima autoridad de la misma es quien personifica al responsable de dicha categoría.

Que dicho responsable será quien asuma el cargo en el transcurso del ejercicio, o quien lo reemplace, si así las circunstancias lo requieran.

Que la designación de una nueva autoridad a cargo de la Jurisdicción Intendente  Municipal  y  de los  Programas 16  y 17,  mediante el  DECTO-2024-400-E-MUNICAM-INT de fecha 14 de mayo del 2024 se realiza en función de lo dispuesto por el DECTO-2024-220-E-MUNICAM-INT.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda interviene sin objeciones que formular.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y otorga continuidad a las actuaciones.

Que como consecuencia de ello se debe proceder al dictado de un acto administrativo mediante el cual se efectivice lo señalado.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108 Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Determínase como Responsable de Unidad Ejecutora correspondiente a la Jurisdicción Intendente Municipal y los Programas N° 16- Juzgado de faltas Nro.1 y Programa N° 17-Juzgado de Faltas Nro. 2 al Sr. DEPPELER MARTÍN RODOLFO, con retroactividad al 06 de marzo del 2024.-

ARTÍCULO 2º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-