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Decreto Nº448/24

Decreto Nº 448/24

Campana, 24/05/2024

EX-2024-00034990-MUNICAM-SMESA#DGAA Designación Srta. Tatiana Malena MEDINA.

Visto

El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656; el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto Nº 184/2022 (t.v.); y el EX-2024-00034990-MUNICAMSMESA#DGAA; y

Considerando

Que obra solicitud de incorporación mediante la cual se solicita la designación de la Srta. Tatiana Malena MEDINA y que se le otorgue el “Adicional por Título”.

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que la Srta. MEDINA cumple con todos los requisitos de admisibilidad para el ingreso a la Administración Pública y que no posee antecedentes penales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.

Que asimismo comunica que la Srta. MEDINA puede ser designada desde  el 09 de abril  de 2024 y hasta  el 31 de  diciembre del  mismo año inclusive,  en la  Planta  Temporaria  de   Personal,  como  “Personal   Mensualizado”,  Servicio  VII –(Operario) - Clase  VII – Personal  de   Servicio - con   39  horas   semanales  de   labor , dependiente de la Subdirección de Jardines, Parques y Paseos, Dirección de Espacios Públicos, Subsecretaría de Espacios Públicos y Servicios, Secretaría de Espacio Público y Descentralización, Jefatura de Gabinete, y otorgarle el “Adicional por Título” consistente en el cinco por ciento (5%), respectivamente de su sueldo básico con carácter mensual.

Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, afectando presupuestariamente la erogación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase a la Srta. Tatiana Malena MEDINA (D.N.I. 43.590.837), en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Servicio VII – (Operario) - Clase VII – Personal de Servicio - con 39 horas semanales de labor , dependiente de la Subdirección de Jardines, Parques y Paseos, Dirección de Espacios Públicos, Subsecretaría de Espacios Públicos y Servicios, Secretaría de Espacio Público y Descentralización, Jefatura de Gabinete, con retroactividad al 09 de abril de 2024 y hasta  el 31  de diciembre  del mismo año  inclusive. No obstante, y antes de la fecha de conclusión indicada anteriormente, cuando razones de servicio así lo aconsejen éste podrá ser dado de baja, ello de conformidad con lo prescripto en el artículo 43 y concordantes del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.-

ARTÍCULO 2º.- Establécese   que  el  nombramiento   dispuesto  en  este  Decreto  está alcanzado por las disposiciones de los artículos 2°, 68 y 111 de la Ley Provincial N° 14.656 y los artículos 4°, 21 y 36 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.-

ARTÍCULO 3º.- Otórgase a la Srta. Tatiana Malena MEDINA, el “Adicional por Título” que contempla el artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, consistente en el cinco por ciento (5%) del sueldo básico, con carácter mensual.-

ARTÍCULO 4º.- Dispónese que el Adicional acordado en el artículo 3° rige con retroactividad al 09 de abril de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, pudiendo ser dejadas sin efecto antes de esta última fecha si desaparecen las causas que motivaron su concesión.-

ARTÍCULO 5º.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110125000 – Secretaría de Espacio Público y Descentralización, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-

ARTÍCULO 6º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-