Boletines/Campana

Decreto Nº437/24

Decreto Nº 437/24

Campana, 23/05/2024

Expediente Municipal Nº 4016-6362-2024 “Alquiler de Maquinaria Vial".

Visto

El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), la Ley Provincial N° 14.812 prorrogada por la Ley Provincial N° 15.480, el Decreto N° 184/2022 (t.v), y el Expediente Municipal Nº 4016-6362-2024; y

Considerando

Que la Secretaría de Espacio Público y Descentralización propicia las actuaciones para el “Alquiler de Maquinaria Vial: Pala Cargadora 3m3, Equipo Reclamadora y Equipo Retroexcavadora” emitiendo informe circunstanciado mediante el cual manifiesta la necesidad de efectuar el alquiler urgente de maquinarias viales para acondicionar y mantener las calles de nuestra ciudad en buen estado evitando de esta manera inconvenientes derivados del mal estado de las calles de nuestra Comuna, asimismo, adjunta Planilla de Computo y Presupuesto.

Que la Dirección de Compras toma conocimiento de las actuaciones y manifiesta que considera pertinente tramitar las mismas por contratación directa, en virtud de la Ley Provincial N° 14.812 prorrogada por la Ley Provincial N° 15.480 que declara la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la provincia de Buenos Aires.

Que la Dirección de Presupuesto Municipal sugiere la imputación presupuestaria para llevar a cabo la erogación que se pretende realizar y manifiesta que el crédito presupuestario resulta insuficiente pero la misma podrá llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a la estructura programática sugerida de economías realizadas dentro de la misma Secretaría, o bien, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto Vigente en sus Artículos N° 8 y N° 9.

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez transferido el crédito presupuestario a las categorías programáticas de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda interviene e informa que al día de la fecha el crédito presupuestario resulta insuficiente para la erogación que se presente realizar pero la misma podrá llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a la estructura programática sugerida de economías realizadas dentro de la misma Secretaría, o bien, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto Vigente.

Que  luce Solicitud  de Pedido Nº  3-5327-546 por  la suma  de  Pesos  Doscientos Millones  Doscientos Noventa  y Cinco Mil  con 00/100  Centavos        ($ 200.295.000,00.-).

Que luce Solicitud de Gasto N° 0-2412.

Que luce Registro de las Firmas Invitadas a Cotizar.

Que obran las cotizaciones presentadas por los proveedores HPEJ CONSTRUCCIONES SRL, ALQUIVIAL SRL., y AMERICAN VIAL SRL., respectivamente.

Que luce Acta de Apertura de fecha 17 de mayo de 2024.

Que luce Cuadro Comparativo de Ofertas emitido por la Dirección de Compras.

Que la Dirección de Compras informa que los precios cotizados se ajustan a los valores vigentes en el mercado a la fecha de la presente compulsa de precios. Asimismo, informa que dos de las cotizaciones presentadas superan el monto estimado primariamente en la Solicitud de Pedido N° 3-5327-546.

Que luce Informe Técnico de la Secretaría de Espacio Público y Descentralización donde informa que tomado conocimiento de la documentación obrante y teniendo en cuenta calidad, presentación y alternativa, siendo el mismo el corriente en plaza, recomienda adjudicar a la oferta económica de menor valor.

Que la Contaduría Municipal considera que en el procedimiento administrativo deberá asegurarse la celeridad, eficacia y economía del mismo, evitando la realización o exigencia de trámites, formalismos y/o recaudos innecesarios que compliquen o dificulten su desenvolvimiento; y que analizadas las propuestas presentadas los precios cotizados son vigentes en el mercado a la fecha de la compulsa de precios por lo que no existen objeciones contables que formular; y la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento e informa que no posee objeciones económicas financieras que formular.

Que luce Informe de la Dirección de Compras, donde sugiere adjudicar la presente compra directa de la siguiente manera: por alquiler diario de Pala cargadora de 3m3 la suma de Pesos Quinientos Sesenta y Tres Mil Quinientos con 00/100  centavos ($ 563.500,00.-) total  por 90 días la  suma de $ 50.715.000,00.-; por alquiler  diario de Reclamadora la suma  de Pesos Un Millón  Treinta y Cinco  Mil  con 00/100  centavos ($ 1.035.000,00.-)  total por 90 días  la suma de $ 93.150.000,00.- y por alquiler diario de Retroexcavadora la suma de Pesos Quinientos Seis Mil Ochocientos  Sesenta con 00/43 centavos  ($ 506.860,43.-), total por 90 días la suma de $ 45.617.438,70,- en el marco de lo normado por la Ley Provincial N° 14.812 prorrogada por la Ley Provincial N° 15.480 al proveedor AMERICAN VIAL S.R.L. (C.U.I.T.  30-71191860-0) siendo la suma total adjudicada por 90 días de pala cargadora, reclamadora y retroexcavadora de Pesos Ciento Ochenta y Nueve Millones Cuatrocientos  Ochenta y Dos Mil  Cuatrocientos Treinta y  Ocho con  00/70  centavos ($ 189.482.438,70.-), incluye IVA, combustible y Operarios.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que el plexo normativo del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires regula el procedimiento de adquisición de bienes y servicios que rige esta Municipalidad.

Que en virtud de la necesidad planteada resulta procedente el dictado del acto administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la Contratación Directa con el proveedor AMERICAN VIAL S.R.L.  (C.U.I.T. 30-71191860-0), por  el alquiler diario de Pala cargadora de 3m3  la suma de Pesos Quinientos Sesenta y Tres Mil Quinientos con 00/100 centavos ($ 563.500,00.-) siendo la suma total por 90 días de Cincuenta Millones Setecientos Quince Mil con 00/100 centavos ($ 50.715.000,00.-) por alquiler diario de Reclamadora la suma de Pesos Un Millón Treinta y Cinco Mil con 00/100 centavos ($ 1.035.000,00.-) siendo  la suma total por  90 días  de Noventa  y Tres Millones Ciento Cincuenta Mil con  00/100  centavos  ($ 93.150.000,00.-)  y  por  alquiler  diario de  Retroexcavadora  la suma de Pesos Quinientos Seis Mil Ochocientos Sesenta con 43/100 centavos ($ 506.860,43.-), siendo la suma total  por  90  días  de  Cuarenta y Cinco Millones Seiscientos Diecisiete Mil Cuatrocientos Treinta y Ocho con 70/00 centavos ($ 45.617.438,70.-)  siendo la suma total adjudicada por 90 días de pala cargadora, reclamadora y retroexcavadora de Pesos Ciento Ochenta    y   Nueve    Millones Cuatrocientos Ochenta y Dos Mil Cuatrocientos Treinta y Ocho con 70/100 centavos ($ 189.482.438,70.-), incluye IVA, combustible y Operarios, en virtud de lo normado en la Ley Provincial N° 14.812 prorrogada por la Ley Provincial N° 15.480 que declara la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-6362-2024.-

ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para el pago de lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Espacio Público y Descentralización”, Categoría Programática 21.01 “Gestión Corralón Casco Urbano”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 3.2.2 “Alquiler de Maquinarias y Equipo”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-

ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, el Señor Secretario de Espacio Público y Descentralización y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-