Boletines/Campana

Decreto Nº426/24

Decreto Nº 426/24

Campana, 17/05/2024

Expediente Municipal Nº 4016-5852-2024 “Higiene Urbana”.

Visto

El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024; y el Expediente Municipal Nº 4016-5852-2024; y

Considerando

Que la Secretaría de Espacio Público y Descentralización propicia las actuaciones para la contratación de cuadrillas de servicios de “Higiene Urbana” emitiendo informe circunstanciado mediante el cual manifiesta la necesidad de contar con personal idóneo para tareas de higiene urbana de nuestra ciudad a fin de mejorar la calidad de vida de los vecinos. Asimismo, adjunta Memoria Descriptiva.

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que se ha constatado que no existe dentro de la estructura orgánica de personal, tanto en la Planta Permanente como temporaria, personal de la índole requerida que se encuentre disponible y con la preparación adecuada para cumplir con las funciones descriptas.

Que la Dirección de Compras toma conocimiento y sugiere que el presente expediente tramite bajo la modalidad de contratación directa en virtud de lo estipulado en el Artículo 156º Inc. 11) del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.).

Que la Dirección de Presupuesto Municipal sugiere la imputación presupuestaria e informa que al día de la fecha el crédito presupuestario resulta insuficiente para la erogación que se pretende realizar, pero la misma podrá llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a la categoría programática sugerida, de economías realizadas dentro de la misma Secretaría, o bien de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto Vigente en sus artículos N° 8 y N° 9.

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez transferido el crédito presupuestario a las categorías programáticas ya mencionadas de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma vista de las presentes actuaciones y gira las actuaciones a la Secretaría de Espacio Público y Descentralización a fin de que tome conocimiento.

Que luce Solicitud de Pedido Nº 3-5327-570, por la suma de Pesos Veintidós Millones con 00/100 Centavos ($ 22.000.000,00.-).

Que obra Solicitud de Gastos N° 0-2502, por la suma de Pesos Veintidós Millones con 00/100 Centavos ($ 22.000.000,00.-).

Que luce Planilla Especificativa de las Firmas Invitadas a Cotizar.

Que obran las cotizaciones presentadas por los proveedores COOPERATIVA DE TRABAJO SERVICON KALIDAD LIMITADA, COOPERATIVA DE TRABAJO FULTON LIMITADA y COOPERATIVA DE TRABAJO PASOS FIRMES LIMITADA, respectivamente.

Que luce Acta de Apertura de fecha 16 de mayo de 2024.

Que obra Cuadro Comparativo de Cotizaciones de Precios.

Que la Dirección de Compras informa que los precios cotizados se ajustan a los valores vigentes en el mercado a la fecha de la presente compulsa de precios. Asimismo, observa que una de las propuestas presentadas supera el monto estimado primariamente.

Que la Secretaría Economía y Hacienda toma conocimiento e informa que no posee objeciones que formular respecto de las actuaciones.

Que luce Informe Técnico de la Secretaría de Espacio Público y Descentralización donde informa que tomado conocimiento de la documentación obrante respecto de la comparativa de ofertas, concluye que los tres oferentes cumplen con las especificaciones solicitadas, por lo que no posee objeciones para realizar, y que, teniendo en cuenta que los precios son los corrientes en plaza a la fecha de la presente compulsa de precios y valorando calidad, presentación y alternativa, recomienda adjudicar a la oferta económica de menor valor.

Que la Contaduría Municipal considera que en el procedimiento administrativo deberá asegurarse la celeridad, eficacia y economía del mismo, evitando la realización o exigencia de trámites, formalismos y/o recaudos innecesarios que compliquen o dificulten su desenvolvimiento; y que analizadas las propuestas presentadas los precios cotizados son vigentes en el mercado a la fecha de la compulsa de precios por lo que no existen objeciones contables que formular; y la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento e informa que no posee objeciones económicas financieras que formular.

Que  luce Informe de la Dirección de  Compras,  donde sugiere que  la propuesta más conveniente y oportuna para la adquisición que se pretende realizar en virtud del Art. 156º Inc.) 11, Decreto Ley Nº 6769/58 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.) está dada por el proveedor COOPERATIVA DE TRABAJO FULTON  LIMITADA (C.U.I.T. 30-71833612-7), por el valor unitario POR SERVICIO de Pesos Cinco Millones Cuatrocientos Veinticinco Mil con Cero Centavos                    ($ 5.425.000,00.-) resultando la suma total adjudicada por CUATRO SERVICIOS de Pesos Veintiún Millones Setecientos Mil con 00/100 centavos ($ 21.700.000,00.-) I.V.A incluido.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que el plexo normativo del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires regula el procedimiento de adquisición de bienes y servicios que rige esta Municipalidad.

Que el artículo 156 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) establece que ¨Con excepción a lo prescripto en el artículo 151° sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: inciso 11º)  La compra de bienes y/o contratación de servicios producidos por Talleres Protegidos y toda otra instancia protegida debidamente habilitada, registrada y supervisada por el Ministerio de Salud y Acción Social o aquel que haga sus veces”

Que en virtud de la necesidad planteada resulta procedente el dictado del acto administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos Nº 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024.

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Contratación Directa con el proveedor COOPERATIVA DE TRABAJO FULTON LIMITADA (C.U.I.T. 30-71833612-7) para afrontar los servicios de higiene urbana: recolección de residuos del Municipio de Campana en las ubicaciones comprendidas entre Av. 9 de Julio, Colectora Norte y calle Viamonte y Ameghino y distintas zonas de la ciudad, compuesta por 3 cuadrillas con chofer, todos los días de la semana por el valor unitario POR SERVICIO de Pesos Cinco Millones Cuatrocientos Veinticinco Mil con 0/100 Centavos ($ 5.425.000,00.-) resultando la suma total adjudicada por CUATRO SERVICIOS de Pesos Veintiún Millones Setecientos Mil con 0/100 centavos ($ 21.700.000,00.-) I.V.A incluido.- en virtud de lo normado en el artículo 156° inciso 11 del   Decreto – Ley   N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-5852-2024.-

ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para el pago de lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Espacio Público y Descentralización”, Categoría Programática 01 “Gestión de Espacio Público y Descentralización”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 3.3.9 “mantenimiento, Reparación y Limpieza-Otros”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-

ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, el Señor Secretario de Espacio Público y Descentralización y la Jefatura de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-