Boletines/Campana
Decreto Nº 425/24
Campana, 17/05/2024
Expediente Municipal Nº 4016-1882-2023 Cpo. 0, 1 y 2 Déjase sin efecto Licitación Pública Nº 21/2023.
Visto
El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), el DECTO-2023-1086-E-MUNICAM-INT, los Decretos N° 184/2022 y N° 0007BIS/2024, y el Expediente Municipal Nº 4016-1882-2023 Cpo. 0, 1 y 2; y
Considerando
Que la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana promueve el Llamado a Licitación Pública N° 21/2023 para la realización de la obra “Plan de Asfaltos – Acceso a Colectora de Ruta Nacional N° 9”.
Que obra copia del DECTO-2023-459-E-MUNICAM-INT, de fecha 31 de mayo de 2023, mediante el cual se llama a Licitación Pública.
Que la Dirección de Compras toma conocimiento del DECTO-2023-459-E-MUNICAM-INT.
Que la Dirección General de Obras de Ingeniería solicita informe de la Secretaría de Economía y Hacienda respecto de los fondos referentes al Convenio firmado con fecha 08/11/2023 entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Municipalidad de Campana adjunto a fs. 34/59 del Expediente Municipal N° 4016-1882-2023 alc 2.
Que la Tesorería Municipal toma conocimiento e informa que los fondos correspondientes al Convenio firmado entre la Municipalidad de Campana y la Dirección Nacional de Vialidad no han ingresado hasta la fecha.
Que la Subsecretaría de Infraestructura Urbana solicita informe de la Secretaría de Economía y Hacienda respecto de los fondos referentes al Convenio suscrito por la Dirección Nacional de Vialidad referente al Expediente Municipal N° 4016-1882-2023 alc 2.
Que la Tesorería Municipal toma conocimiento e informa que los fondos correspondientes al Convenio firmado entre la Municipalidad de Campana y la Dirección Nacional de Vialidad no han ingresado hasta la fecha.
Que la Subsecretaría de Infraestructura Urbana toma conocimiento e informa que, en virtud del incesante proceso inflacionario que afecta al país, se sugiere dejar sin efecto la presente Licitación Pública.
Que la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana, habiendo tomado conocimiento de los informes anteriores, estima aconsejable, salvo mejor criterio, proceder a la baja de la Licitación Pública N° 21/2023.
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no posee objeciones de carácter contable que formular.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento, sin objeciones.
Que interviene la Dirección de Compras, tomando conocimiento de las actuaciones.
Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024.
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto el Decreto DECTO-2023-459-E-MUNICAM-INT, de fecha 31 de mayo de 2023, mediante el cual se llamó a Licitación Pública Nº 21/2023, para la realización de la obra “Plan de Asfaltos – Acceso a Colectora de Ruta Nacional N° 9”, por la suma total de Pesos Cuatrocientos Noventa y Nueve Millones Trescientos Ochenta y Seis Mil Setecientos Ochenta y Siete con 50/100 Centavos ($ 499.386.787,50.-), incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A), en virtud de lo expuesto en el considerando y en un todo de acuerdo a lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-1882-2023 Cpo. 0, 1 y 2.-
ARTÍCULO 2º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, el Señor Secretario de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana, y la Jefatura de Gabinete.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-