Boletines/Campana

Decreto Nº423/24

Decreto Nº 423/24

Campana, 17/05/2024

Expediente Municipal Nº 4016-5103-2024 Cpo. 0 y 1 Becas Anuales “Atletas Locales de Alto Rendimiento”.

Visto

El Decreto-Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 5446/2009 (t.v.), promulgada por Decreto N° 2311, la Ordenanza N° 7598/2023 (Complementaria del Presupuesto General de Gastos para el año 2024), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, los Decretos Nº 184/2022 (t.v.), Nº 1252/2023, N° 1215/2023 (t.v.) y N° 0007 BIS/2024; y el Expediente Municipal Nº 4016-5103-2024 Cpo. 0 y 1; y

Considerando

Que la Dirección de Deportes propicia las actuaciones a fin de otorgar para el año 2024 las Becas Anuales para “Atletas Locales de Alto Rendimiento”.

Que luce el acta emitida por la Comisión de Selección de las mencionadas becas indicando los postulantes, que reúnen las condiciones para acceder al beneficio.

Que obra copia de la Ordenanza Nº 5446/2009, promulgada por el Decreto N° 2311, sobre la creación de las Becas Anuales para “Atletas Locales de Alto Rendimiento”.

Que se glosa, copia de la Ordenanza Nº 7598, promulgada por Decreto-2023-1252-E-MUNICAM-INT, del 15 de diciembre de 2023 (Complementaria del  Presupuesto General de Gastos  para el  año 2024),  mediante la  cual se fijó la suma mensual de PESOS TREINTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($30.000,00.-) para cada una de las BECAS ANUALES PARA ATLETAS LOCALES DE ALTO RENDIMIENTO.

Que corre agregada documentación de los beneficiarios de las becas.

Que interviene la Subsecretaría de Cultura y Educación tomando conocimiento e informando que no posee objeciones al respecto.

Que la Dirección de Presupuesto Municipal informa la estructura programática a la cual deberá afectarse la erogación en cuestión.

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no tendrá objeciones de carácter contable que formular.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda informa que no posee objeciones económicas ni financieras que formular.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y lo deriva a sus efectos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/2022 (t.v.), N° 1215/2023 (t.v.) y Nº 0007 BIS/2024.

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO Nº 1.- Otórganse Becas para “Atletas Locales de Alto Rendimiento”, en las  condiciones y obligaciones estabelecidas en la Ordenanza Nº 5446 / 2009 de acuerdo a las disposiciones de la Ordenanza 7598/2023 (Complementaria del Presupuesto General para el año 2024), a los deportistas que se mencionan a continuación. –

  1. IMBODEN Leonel, DNI N° 49.071.385; responsable IMBODEN Ricardo Javier DNI N° 22.436.380.

  2. MATICH María Victoria, DNI N° 49.071.406; responsable PERASSI Eliana Elizabeth DNI N° 25.380.063.

  1. MINGARELLI Giuliana, DNI N° 47.831.348; responsable PESARESI Griselda Beatriz DNI Nº 22.842.283.

  2. MUGA María Angelina, DNI N° 47.632.620; responsable VERA Ana Carolina DNI Nº 22.628.011.

  3. HEIN Agostina Ariadna, DNI N° 48.563.958; responsable HEIN Antonio Enrique, DNI N° 13.994.625.

  4. BUSTOS Daniela Soledad, DNI N° 34.374.172.

  5. CABALLERO Esteban Adrián, DNI N° 34.271.003.

  6. CASANOVA Antonela Sabrina, DNI N° 36.750.807.

  7. AQUINO GARRIDO Joaquín, DNI Nº 49.071.493; responsable AQUINO Hugo Alberto, DNI Nº 18.481.773.

  8. LEZAMA Joaquín Nicolás, DNI Nº 49.665.416; responsable VILLOLDO Marcela Adriana, DNI Nº 26.268.535.

  9. SAAVEDRA Bautista, DNI Nº 49.518.431; responsable PEREZ Virginia, DNI Nº 25.691.128.

  10. GOMEZ Fausto Agustín, DNI Nº 44.561.482.

  11. VILELA David, DNI Nº 47.632.612; responsable VILELA Héctor Gabriel, DNI Nº 26.306.230.

 

ARTÍCULO 2º.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto  precedentemente  se  tomarán de  la Jurisdicción  1110129000  “Secretaría  de Inclusión, Educación y Cultura”, Categoría Programática 21.01 “Gestión Promoción del Deporte”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 5.1.3 “Becas”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-

ARTÍCULO 3º.- Establécese que los efectos del presente Decreto rigen con retroactividad al 1º de enero del corriente año.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, la Señora Secretaria de Inclusión, Educación y Cultura Interina, y la Jefatura de Gabinete.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-