Boletines/Campana
Decreto Nº 414/24
Campana, 16/05/2024
Expediente Municipal Nº 4016-6442-0-2024 “Adquisición de Maquinaria: Minicargadora”.
Visto
El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/18 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), los Decretos Nº 184/22 (t.v.) y N°0007 BIS/24 y el Expediente Municipal Nº 4016-6442-0-2024; y
Considerando
Que la Secretaría de Espacio Público y Descentralización emite un Informe Circunstanciado solicitando que se enmarque la presente “Adquisición de Maquinaria: Minicargadora” por un valor aproximado de Pesos Sesenta Millones con 00/100 Centavos ($ 60.000.000,00.-) en el Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades), en el artículo 156, inc. 10, en virtud a la necesidad urgente de acondicionar y mantener las calles de nuestra Ciudad en buen estado, evitando de esta manera inconvenientes derivados del mal estado de las mismas, siendo que la situación que estamos transitando de cambios de precios constantes altera los costos de bienes y servicios a contratar, dando un marco de imprevisibilidad,y atento a la situación climática que ha generado destrozos en la vía pública, sobre todo en las calles y veredas.
Que la Dirección de Compras toma conocimiento del mencionado informe y considera pertinente tramitar las presentes actuaciones conforme lo establecido en el artículo 156, inc. 10 del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.).
Que el Departamento de Patrimonio y Seguros informa sobre la existencia de bienes de patrimonio.
Que la Dirección de Presupuesto Municipal sugiere la imputación presupuestaria e informa que la adquisición de una minicargadora, no ha sido presupuestada en el “Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos año 2024”, pero la erogación podrá llevarse a cabo, transfiriendo crédito presupuestario a la categoría programática sugerida, de economías realizadas dentro de la misma Secretaría, o bien de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente en sus artículos N° 8 y N° 9.
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez transferido el crédito presupuestario a las programáticas ya mencionadas acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente en sus artículos N° 8 y N° 9.
Que interviene la Secretaría de Economía y Hacienda.
Que luce la Solicitud de Pedido Nº 3-5327-545 y la Solicitud de Gasto N° 0-2411, ambas emitidas en fecha 09 de mayo de 2024, por la suma total de Pesos Sesenta Millones con Cero Centavos ($ 60.000.000,00.-).
Que luce Planilla Especificativa de las Firmas Invitadas a Cotizar.
Que obran las cotizaciones presentadas por los proveedores GRUAS SAN BLAS S.A., DIESEL LANGE S.R.L. y GUIDI ALBERTO LAURO respectivamente.
Que luce Acta de Apertura de fecha 10 de mayo de 2024.
Que luce Cuadro Comparativo de Cotizaciones de precios emitido por la Dirección de Compras.
Que la Dirección de Compras informa que dado que las propuestas fueron presentadas en monedas Dólares Americanos, se realiza la conversión al día 09 de mayo de 2024, según la cotización del Banco de la Nación Argentina. Y observa que los valores cotizados por los proveedores son los vigentes en el mercado a la fecha de la presente compulsa de precios.
Que la Secretaría de Espacio Público y Descentralización concluye que los tres oferentes cumplen con las especificaciones solicitadas, por lo que no posee objeciones para realizar, y que, tomando conocimiento de la documentación obrante respecto a la comparativa de ofertas, teniendo en cuenta que los precios son los corrientes en plaza a la presente compulsa de precios y valorando calidad, presentación y alternativa, recomienda adjudicar a la oferta económica de menor valor.
Que la Contaduría Municipal considera que en el procedimiento administrativo deberá asegurarse la celeridad, eficacia y economía del mismo, evitando la realización o exigencia de trámites, formalismos y/o recaudos innecesarios que compliquen o dificulten su desenvolvimiento; y que analizadas las propuestas presentadas los precios cotizados son vigentes en el mercado a la fecha de la compulsa de precios, por lo que no existen objeciones de carácter contable que realizar.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento e informa que no posee objeciones económicas ni financieras que formular.
Que la Dirección de Compras manifiesta que la oferta más conveniente se ve reflejada en la propuesta acompañada por el proveedor GRUAS SAN BLAS S.A. (C.U.I.T. 30-66092045-1) y sugiere adjudicar la presente compra directa para la adquisición de un (1) MINICARGADOR MARCA EARTHFORCE BY BOBCAT, MODELO S18, NUEVO, CON STANDARD Y SISTEMA DE ACOPLE PARA
ADITAMENTOS ESPECIALES, CONSTRUIDO Y EQUIPADO, en el marco de lo normado en el Artículo 156 Inc. 10, del Decreto Ley Nº 6768/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) al proveedor mencionado ut-supra por la suma total de Pesos Cincuenta Millones Cuatrocientos Cincuenta y Seis Mil con 00/100 Centavos ($ 50.456.000,00.-) con IVA incluido.
Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que el plexo normativo del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires regula el procedimiento de adquisición de bienes y servicios que rige esta Municipalidad.
Que el artículo 156 del Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) establece que “Con excepción a lo prescripto en el Artículo 151 sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: Inciso 10. Las adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza, en las condiciones comerciales de oferta más convenientes en el mercado, cualquiera sea su monto”.
Que en virtud de la necesidad planteada resulta procedente el dictado del acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108 del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo 1° de la Resolución Conjunta Nº 008/18 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal, y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/22 (t.v.) y N° 0007 BIS/24.
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la presente Compra Directa en el marco de lo normado en el Artículo 156, Inciso 10 del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) para la “Adquisición de Maquinaria: Minicargadora” a la Firma GRUAS SAN BLAS S.A. (C.U.I.T. 30-66092045-1) por un (1) MINICARGADOR MARCA EARTHFORCE BY BOBCAT, MODELO S18, NUEVO, CON STANDARD Y SISTEMA DE ACOPLE PARA ADITAMENTOS ESPECIALES, CONSTRUIDO Y EQUIPADO por la suma total de PESOS CINCUENTA MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CON 00/100 CENTAVOS ($ 50.456.000,00.-) con IVA incluido, conforme a la documentación obrante en el Expediente Municipal N° 4016-6442-0-2024.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para el pago de lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Espacio Público y Descentralización”, Categoría Programática 01 “Gestión Sec. de Espacio Público y Descentralización”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 4.3.1 “Maquinaría y Equipo de Producción”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, el Señor Secretario de Espacio Público y Descentralización, y la Jefatura de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-