Boletines/Campana

Decreto Nº411/24

Decreto Nº 411/24

Campana, 16/05/2024

Expediente Municipal Nº 4016-4239-2023 Alc 1 Cpo 0 - Cálculo de Recursos.

Visto

El Decreto Ley-Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v); la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/17, la Resolución Conjunta N° 008/2018 (t.v) de la Secretaría Técnica Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; los Decretos N° 184/2022 (t.v.), N° 1215/2023 (t.v.) y N° 0007BIS/2024; y el Expediente Municipal Nº 4016-4239-2023 Alc 1, Cpo 0; y

Considerando

Que surge la necesidad de realizar adecuaciones de Partidas Presupuestarias para cubrir aquellas que no disponen de créditos suficientes.

Que el artículo 8 de la Ordenanza de Presupuesto aprobada bajo el Nº 7597, permite al Departamento Ejecutivo con carácter general y dentro del ejercicio a efectuar las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias, dentro del total aprobado por cada Ordenanza presupuestaria, quedando comprendidas las modificaciones presupuestarias que involucren gastos corrientes y gastos de capital.

Que el artículo 9 establece que dentro de las reestructuraciones presupuestarias a las que hace referencia el artículo precedente se incluyen las de crear, modificar y/o dejar sin efecto las jurisdicciones, estructuras programáticas, creación y/o movimientos de cargos, programas, actividades, proyectos u obras que a consideración del Departamento Ejecutivo resulten necesarias para un mejor funcionamiento de la ejecución presupuestaria.

Que el artículo 119º (Texto según Ley 14062) último párrafo, del Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), establece que el Departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones o creaciones de partidas que se financien con recursos afectados que correspondan según el monto de los recursos efectivamente autorizados o realizados y acordes con la finalidad a que deban ser aplicados los aludidos recursos afectados.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y otorga continuidad a las actuaciones.

Que como consecuencia de ello se debe proceder al dictado de un acto administrativo mediante el cual se efectivice lo señalado.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108 del Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades), la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/2022 (t.v.), N° 1215/2023 (t.v.) y N° 0007BIS/2024.

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Amplíanse en el Presupuesto General de Gastos para el año 2024, en las siguientes Jurisdicciones, Categorías Programáticas, Fuentes de Financiamiento, y Partidas Presupuestarias mencionadas en el detalle del Anexo I el cual se declara parte integrante del presente Decreto, por los montos que en cada caso se indican.-

ARTÍCULO 2º.- Redúcense en el Presupuesto General de Gastos para el año 2024, en las siguientes Jurisdicciones, Categorías Programáticas, Fuentes de Financiamiento y Partidas  Presupuestarias mencionadas en  el detalle del Anexo II el cual se declara parte integrante del presente Decreto, en los montos en que cada caso se indica.-

ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal  Interina, el Señor Secretario de Economía y  Hacienda, la Señora Secretaria de Salud, el Señor  Secretario de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana, el Señor Secretario de Seguridad y Prevención Ciudadana, la Señora Secretaria de Inclusión,  Educación y Cultura Interina, la Señora Secretaria de Desarrollo Económico, el Señor Secretario de Espacios Públicos y Descentralización, la Señora Secretaria de Ingresos Públicos  y la Jefatura de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; y archívese.

Anexos

Anexo I

Anexo

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