Boletines/Campana

Decreto Nº405/24

Decreto Nº 405/24

Campana, 15/05/2024

Expediente Municipal Nº 4016-27096-0-2022, Alcance 01, Cuerpo 1

Visto

Las Leyes Provinciales Nº 13.298 y N° 14.656, el Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y sus modificatorios, suscriptos el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, las Ordenanzas Nº 5696 y N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaria Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaria de Modernización, los Decretos Nº 184/2022 (t.v.) y Nº 0007 BIS/2024; N° 1215/2023 y el Expediente Municipal Nº 4016-27096-0-2022, Alcance 01, Cuerpo 1; y

Considerando

Que obran los antecedentes del “Programa de Responsabilidad Social Compartida Envión”, en el marco del convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires y el Municipio de Campana, para la implementación de dicho Programa, cuyo objetivo central es el apoyo a jóvenes de 12 a 21 años de edad en situación de vulnerabilidad para el desarrollo de sus capacidades, conocimientos y habilidades, el fortalecimiento de sus vínculos con la sociedad, su integración con el mundo del trabajo e inserción a la educación.

Que mediante el citado Convenio, la Provincia de Buenos Aires se compromete a proveer los fondos para el sostenimiento de los profesionales, técnicos y trabajadores de redes sociales del mencionado Programa desarrollado en el Municipio.

Que  obra  Decreto DECTO-2024-139-E-MUNICAM-INT  mediante el cual se dispuso la contratación de las Sras. Mayra Alejandra Chiarani (D.N.I N° 35.666.013) Licenciada en Trabajo Social, Noelia Patricia Ramírez (D.N.I N° 31.890.853) Licenciada en Psicología, María de las Victorias Sáez Abarrategui (D.N.I N° 27.240.902) Licenciada en Psicología y Lucrecia Franco (D.N.I N° 37.672.345) Psicopedagoga, para el año 2024 por la suma mensual de Pesos Sesenta y Ocho Mil Ochocientos Ochenta con 00/100 Centavos ($68.880,00.-).

Que lucen los Registros de Compromisos N° 55-0-2291, N° 55-0-2136, N° 55-0-2141 y N° 55-0-2398.

Que se incorporan las Ordenes de Pagos N° 1659, N° 1597, N° 1603 y N° 1799.

Que obra Nota NO-2024-08228426-GDEBA-UEPEMDCGP, de la Responsable de la Unidad Ejecutora del Programa Envión, dependiente del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual informa que a partir de la liquidación del mes de marzo de 2024, aumentarán los montos de las prestacionos establecidas para dicho Programa, quedando fijado, en el caso de la Prestación Equipos Técnicos, en Pesos Ciento Veintiún Mil Doscientos Veintinueve con 00/100 Centavos ($121.229,00.-).

Que lucen Notas, mediante las cuales las Sra. Lucrecia Franco (D.N.I N° 37.672.345) Psicopedagoga y Noelia Patricia Ramírez (D.N.I N° 31.890.853) Licenciada en Psicología manifiestan su voluntad de rescindir los Contratos de Locación de Servicios a partir del 1º de marzo de 2024 y del 1º de abril de 2024, respectivamente.

Que se anexa informe de la Dirección de Derechos Humanos, Género y Diversidad mediante el cual propicia el incremento de las prestaciones del equipo técnico de las Sras. Mayra Alejandra Chiarani (D.N.I N° 35.666.013), Noelia Patricia Ramírez (D.N.I N° 31.890.853) y María de las Victorias Sáez Abarrategui (D.N.I N° 27.240.902); asimismo, se informa sobre las renuncias de las Sras. Lucrecia Franco (D.N.I N° 37.672.345) y Noelia Patricia Ramírez (D.N.I N° 31.890.853), a partir del 1º de marzo de 2024 y del 1º de abril de 2024 respectivamente; quedando vacantes sus puestos.

Que lucen las Solicitudes de Alta Proveedor - Servicios Locados de las profesionales.

Que la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, toma conocimiento e informa que lucen las correspondientes Solicitudes de Alta Proveedor – Servicios Locados con los valores actualizados, Proyectos de Decreto y Adenda de Contratos de Locación de Servicios, a través de los cuales se propicia el reajuste de los honorarios percibidos desde el 1° de marzo de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año. Asimismo, la rescisión de los contratos suscriptos con la Sra. Lucrecia Franco D.N.I N° 37.672.345 con retroactividad al 1° de marzo de 2024 y con la Sra. Noelia Patricia Ramírez D.N.I N° 31.890.853, con retroactividad al 1° de abril de 2024.

Que la Dirección de Presupuesto Municipal ratifica la imputación presupuestaria a la cual deberá afectarse la erogación en cuestión.

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no posee objeciones contables que formular.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento e informa que no tendrá objeciones económicas ni financieras una vez percibidos los ingresos del Ministerio a mes vencido, y si los mencionados no ingresaran de acuerdo a lo establecido en el compromiso QUINTO del “Acta de Convenio”, se realizará mediante la fuente de financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, proveniente de la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y lo deriva a sus efectos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.

Que el Decreto N° 537/2018 autoriza a los funcionarios del Departamento Ejecutivo de rango de Secretario a suscribir los contratos que detenten objeto de competencia exclusiva de las Secretarías propiciantes y cuyo monto asciende hasta el tope establecido para las contrataciones por concurso de precio.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/2022 (t.v.), N° 1215/2023 y N° 0007 BIS/2024.

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Increméntase, con retroactividad al 1º de marzo de 2024, el monto mensual en concepto de honorarios de las Sras. Mayra Alejandra Chiarani, D.N.I. N° 35.666.013, Noelia Patricia Ramírez, D.N.I. N° 31.890.853 y María de las Victorias Sáez Abarrategui D.N.I. N° 27.240.902, respecto de los Contratos de Locación de Servicios aprobados mediante el DECTO-2024-139-E-MUNICAM-INT, el cual ascenderá, en cada caso, a la suma mensual  Pesos Ciento Veintiún Mil Doscientos Veintinueve con Cero Centavos ($121.229,00.-), conforme a la Nota NO-2024-08228426-GDEBA-UEPEMDCGP emitida por la Responsable de la Unidad Ejecutora del Programa Envión, dependiente del Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires, y en un todo de acuerdo a lo actuado en Expediente Municipal Nº 4016-27096-0-2022, Alcance 1, Cuerpo 1.-

ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos para dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente, se tomarán de la Jurisdicción 1110129000 “Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura”, Categoría Programática 17.09.00 “Envión (Afectado)”, Partida Presupuestaria 3.4.9.0 “Servicios Técnicos y Profesionales - Otros”, Fuente de Financiamiento 132 “De Origen Provincial”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-

ARTÍCULO 3º.- Suscríbanse las Adendas de los Contratos de fecha 7 de marzo de 2024 entre la Municipalidad de Campana y las Sras. Mayra Alejandra Chiarani, D.N.I. N° 35.666.013, la Sra. Noelia Patricia Ramírez, D.N.I. N° 31.890.853 y la Sra. María de las Victorias Sáez Abarrategui D.N.I. N° 27.240.902, modificatorias de las Cláusulas Tercera y Cuarta de los mismos.-

ARTÍCULO 4º.- Dáse por rescindido los Contratos de Locación de Servicios, suscriptos en el marco del Programa de “Responsabilidad Social Compartida Envión”, con las Sras. Lucrecia Franco D.N.I. Nº 37.672.345 y Noelia Patricia Ramírez D.N.I. Nº 31.890.853, con retroactividad al 1º de marzo de 2024 y al 1º de abril de 2024 respectivamente, en virtud de lo actuado en el Expediente Municipal Nº 4016-27096-02022, Alcance 1, Cuerpo 1.-

ARTÍCULO 5º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, la Señora Secretaria de Inclusión, Educación Interina y Cultura y la Jefatura de Gabinete.

ARTÍCULO 6º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-