Boletines/Campana
Decreto Nº 397/24
Campana, 14/05/2024
Expediente Municipal Nº 4016-24030-0-2022, Alcance 3 Cuerpo 0
Visto
El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ley de Obras Públicas N° 6021 de la Provincia de Buenos Aires, su Decreto Reglamentario N° 5488/59 y sus Decretos Modificatorios, la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/2017, la Resolución Conjunta Nº 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024, y el Expediente Municipal Nº 4016-24030-0-2022, Alcance 3 Cuerpo 0; y
Considerando
Que en el mismo obran los antecedentes de la Licitación Pública N° 14/2022 para la obra “Puesta en valor – Plaza 1° de Mayo”, de la Ciudad de Campana. que fuera adjudicado a la firma AMERICAN VIAL S.R.L., conforme surge de la copia del DECTO-2022-707-E-MUNICAM-INT de fecha 29 de agosto de 2022.
Que se incorpora Orden de Compra Nº 2906.
Que obra Registro de Compromiso Nº 6166.
Que luce copia del contrato suscripto entre la Municipalidad de Campana y la empresa AMERICAN VIAL S.R.L.
Que luce copia de la Póliza de Seguro Caución –Ejecución de Contrato Obra Publica N° 00:21:114548 de Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada.
Que se incorpora copia de la Póliza de Seguro Caución – Garantía de Anticipo Financiero en Contrato de Obra N° 45.955 de Tutelar Seguros S.A.
Que se incorpora copia de la Póliza de Seguro Caución – Garantía de Sustitución de Fondos de Reparo N° 45.948 de Tutelar Seguros S.A.
Que luce Acta de Inicio de Obra emitida por la Municipalidad de Campana con fecha 03 de octubre de 2022.
Que se agrega Acta de Recepción Provisoria de Obra emitida por la Municipalidad de Campana con fecha 20 de febrero de 2023.
Que se agrega Acta de Recepción Definitiva de Obra por la Municipalidad de Campana de fecha 20 de febrero de 2024.
Que obra agregada nota por medio de la cual, la contratista AMERICAN VIAL S.R.L. solicita se proceda a la devolución de las Pólizas de Garantía de Ejecución de Contrato, Anticipo Financiero y Sustitución de Fondo de Reparos, de la obra “Puesta en valor – Plaza 1° de Mayo”.
Que la Subsecretaría de Planeamiento y Obras toma conocimiento sin objeciones que formular.
Que la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana toma conocimiento.
Que la Contaduría Municipal cumple en informar que no posee objeciones de carácter contable que formular.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda informa que no posee objeciones económicas ni financieras que formular.
Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y otorga continuidad a las presentes actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024.
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acta de Recepción Definitiva de la obra “Puesta en valor – Plaza 1° de Mayo”, de la Ciudad de Campana, tramitada mediante la Licitación Publica N° 14/22, adjudicada a la firma AMERICAN VIAL S.R.L.; y en un todo de acuerdo a lo actuado en el Expediente Municipal N° 401624030-0-2022, Alc 3.
ARTÍCULO 2º.- Procédase a la devolución de la Póliza de Seguro Caución – Ejecución de Contrato Obra Publica N° 00:21:114548 de Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada, y las Pólizas de Seguro Caución - Garantía de Anticipo Financiero en Contrato de Obra N° 45.955 y Garantía de Sustitución de Fondos de Reparo N° 45.948, de Tutelar Seguros S.A., respectivamente.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, el Señor Secretario de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana y la Jefatura de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese y archívese.-