Boletines/Campana

Decreto Nº395/24

Decreto Nº 395/24

Campana, 13/05/2024

Expediente Municipal Nº 4016-6511-2024 Sumario “Violencia de Género”.

Visto

La Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatorio, suscriptos el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza N°2985/94 (t.v.); la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, el Decreto N° 1169/2019, el Decreto 184/22 (t.v.), el Decreto 0007BIS/2024,la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; y el Expediente Municipal Nº 4016-6511-2024; y

Considerando

Que obra pedido de caratulación bajo el extracto “Violencia de Género” efectuado por la Dirección General de Recursos Humanos.

Que luce copia del Decreto N° 1169/2019 mediante el cual se aprobó el Protocolo de actuación para cuestiones de violencia de género y/o abuso en el ámbito de la Municipalidad de Campana.

Que obra denuncia por Violencia de Género efectuada por la agente V.E.Z., D.N.I. 29.497.355, legajo personal N°7147, radicada en la Comisaría de la Mujer en fecha 29 de abril de 2024 contra el agente DISETTI, Hugo Javier, D.N.I. 22.436.473, legajo personal N° 7430.

Que luce acta mediante la cual la trabajadora V.E.Z. informa y entrega copia de la denuncia aludida a la Directora General de Recursos Humanos y es notificada la agente que se aplicará el Protocolo establecido por Decreto 1169/2019.

Que es notificado el trabajador DISETTI, Hugo Javier es notificado por la Directora General de Recursos Humanos, de la denuncia presentada por la Sra. V.E.Z. y en consecuencia, que se le aplicará el Protocolo establecido por Decreto 1169/2019.

Que la Dirección General de Recursos Humanos adjunta ficha de datos de los trabajadores citados.

Que la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal toma conocimiento y solicita la prosecución de las actuaciones.

Que en su dictamen, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público entiende que la conducta adoptada por el trabajador municipal DISETTI, Hugo Javier, D.N.I. 22.436.473, legajo personal N° 7430 podría- constituir falta grave y se encontraría pasible de ser sancionada e incurso en lo prescripto por el Art. 89, Apartado II inc. 3 y 10 del Convenio Colectivo; y, Art. 107 inc. 3, y 10, de la Ley 14.656 respectivamente .

Que corresponde en consecuencia de todo lo dicho, designar como Instructor Sumarial, al Dr, CHAMORRO, Claudio Javier, D.N.I. 25.355.572, legajo personal N° 20490, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público; Secretaría Técnica, Administrativa y Legal, para que proceda a llevar a cabo su cometido tan pronto como acepte el cargo en forma legal.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.) y el Decreto N° 0007BIS/2024.

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Instrúyase sumario  administrativo a efectos  de esclarecer  los  hechos denunciados en el Expediente Municipal N° 4016-6511/2024, al trabajador municipal  DISETTI, Hugo Javier, D.N.I. 22.436.473,  legajo personal N° 7430, quién revista en la Planta Permanente de Personal, como “Personal de Servicio”, Servicio Clase VII c/48 hs de labor, Función: Chofer, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, Educación y Cultura; Jefatura de Gabinete; como así también para deslindar las responsabilidades administrativas emergentes de los mismos y aplicar las sanciones que eventualmente correspondan.-

ARTÍCULO 2º.- Desígnase, a los fines de lo dispuesto en el artículo 1º, como Instructor Sumarial al Dr. Claudio Javier CHAMORRO, D.N.I. 25.355.572, legajo personal N° 20490, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público; Secretaría Técnica, Administrativa y Legal, para que proceda a llenar su cometido tan pronto como acepte el cargo en legal forma.-

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese fehacientemente de lo dispuesto en el presente Decreto, por intermedio de la Dirección General de Recursos Humanos, al Dr. CHAMORRO, Claudio Javier, y, al trabajador municipal DISETTI, Hugo Javier.-

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que, firme lo dispuesto en el presente Decreto, a través de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público continúen las actuaciones según su estado.-  

ARTÍCULO 5º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; y, la Jefatura de Gabinete.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archivese.-