Boletines/Campana

Decreto Nº385/24

Decreto Nº 385/24

Campana, 09/05/2024

Licencia Abel Sanchez Negrette

Visto

El Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Estructura Orgánica Funcional del Departamento Ejecutivo aprobada por Decreto N° 0006BIS/2024; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; y los Decretos Nº 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024; y

Considerando

Que el Jefe de Gabinete, Dr. Abel SANCHEZ NEGRETTE, informa que hará uso de la licencia ordinaria para descanso anual, desde el 06 de mayo de 2024 y hasta el 17 del mismo mes y año, ambas fechas inclusive, contando con el aval del Señor Intendente Municipal.

Que en concordancia con lo establecido en el artículo 275 del Decreto-Ley precitado, corresponde abonarle al Sr. Julio Cesar OLIVASTRI el sueldo que corresponde al cargo que desempeñará en forma interina.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos Nº 184/2022 (t.v.) y N° 0007BIS/2024.

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Jefe de Gabinete, Dr. Abel SANCHEZ NEGRETTE (D.N.I. 25.974.160 – Clase 1977), legajo personal N° 6908, a hacer uso de la licencia ordinaria para descanso anual, desde el 06 de mayo de 2024 y hasta el 17 del mismo mes y año, ambas fechas inclusive.-

ARTÍCULO 2º.- Dispónese que será de aplicación durante el lapso señalado, lo establecido en el artículo 3° del Decreto 0007BIS/2024.-

ARTÍCULO 3º.- Abónese al Sr. Julio Cesar OLIVASTRI (D.N.I. 23.902.645 –Clase 1974), legajo personal N° 7347, el sueldo que corresponda al cargo mejor rentado que desempeñará en forma interina, a raíz de lo establecido en el artículo 1º y mientras lo ejerza de conformidad con lo establecido en el artículo 275 del Decreto-Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.).-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; y el Señor Secretario de Economía y Hacienda.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-