Boletines/Campana

Decreto Nº376/24

Decreto Nº 376/24

Campana, 08/05/2024

4016-21.689-3-2001

Visto

El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; los Decretos Nº 184/2022 (t.v.) y Nº 0007 BIS/24; y el Expediente Municipal Nº 4016-21.689-3-2001; y

Considerando

Que mediante nota de fecha 12 de abril de 2024, se elevó al Honorable Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza, por el cual se propicia condonar la deuda correspondiente a los períodos Fiscales 2020 y 2022, al “COLEGIO ROGACIONISTA PADRE ANIBAL MARIA DI FRANCIA” con domicilio en la calle Las Heras Nº 965 de esta Ciudad de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Legajo Nº 9025-0.

Que el día 6 de mayo de 2024, el Departamento Deliberativo notificó la sanción de la respectiva Ordenanza, en la Sesión Ordinaria celebrada el día 2 del mismo mes y año, la que fue registrada por ese Cuerpo con el Nº 7617.

Que dicha norma debe ser promulgada por el correspondiente acto administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se  dicta en  los términos de  la  Ordenanza Nº 6613 promulgada  por  el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y Nº 0007 BIS/24.

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 7617 sancionada por el Departamento Deliberativo, en la Sesión Ordinaria celebrada el día 2 de mayo de 2024.-

ARTÍCULO 2º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; y la Jefatura de Gabiente.-

ARTÍCULO 3º.- Cúmplase, regístrese; comuníquese; publíquese y archívese.-