Boletines/Campana
Decreto Nº 375/24
Campana, 08/05/2024
4016-5889-0-2024
Visto
El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; los Decretos Nº 184/2022 (t.v.) y Nº 0007 BIS/24; y el Expediente Municipal Nº 4016-5889-0-2024; y
Considerando
Que mediante nota de fecha 16 de abril de 2024, se elevó al Honorable Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza, por el cual se propicia convalidar en todas sus partes los Convenios Marco y Específico, celebrados los días 3 y 4 de abril del corriente año, respetivamente, entre la Municipalidad de Campana con domicilio legal en Avenida Int. Jorge Varela N° 371 de la Ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires, representada por el Sr. Intendente Municipal, Abella Sebastián, con D.N.I. N° 24.939.000; y la Clínica Delta S.A., con domicilio legal en Sarmiento N° 154 de la Ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires, representada por el Sr. Illarramendi Adrián Cesareo D.N.I. N° 18.205.370, en su calidad de Apoderado, cuyas copias lucen en el expediente de referencia.
Que el día 6 de mayo de 2024, el Departamento Deliberativo notificó la sanción de la respectiva Ordenanza, en la Sesión Ordinaria celebrada el día 2 del mismo mes y año, la que fue registrada por ese Cuerpo con el Nº 7615.
Que dicha norma debe ser promulgada por el correspondiente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y Nº 0007 BIS/24.
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 7615 sancionada por el Departamento Deliberativo, en la Sesión Ordinaria celebrada el día 2 de mayo de 2024.-
ARTÍCULO 2º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; y la Jefatura de Gabiente.-
ARTÍCULO 3º.- Cúmplase, regístrese; comuníquese; publíquese y archívese.-