Boletines/Campana

Decreto Nº365/24

Decreto Nº 365/24

Campana, 03/05/2024

Expediente Municipal Nº 4016- 6070 -0- 2024 Contratación Lilian Elizabeth González

Visto

El Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades)(t.v.); la Ley Provincial Nº 14.656; el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y sus modificatorios, suscriptos el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por la Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; el Decreto N° 537/2018; la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto N° 184/2022 (t.v.); y el Expediente Municipal Nº 4016- 6070 -0- 2024; y

Considerando

Que la Dirección General de Empleo y Economía Social, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Económico, emite Informe Circunstanciado mediante el cual propicia la contratación de un profesional idóneo para brindar capacitaciones, tanto para el personal y a los vecinos, en todo lo relacionado con la inserción laboral de las personas desempleadas, fortaleciendo las habilidades del personal en áreas como reclutamiento, selección, orientación laboral y gestión de conflictos.

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que no existe dentro de la estructura orgánica de personal, tanto en Planta Permanente como temporaria de personal de la índole requerida que se encuentre disponible y con la preparación adecuada para cumplir las funciones descriptas.

Que luce documentación de la Sra. Lilian Elizabeth González (D.N.I 29.466.368).

Que obra ficha de Proveedor y Solicitud de Alta de Proveedor (Servicios Locados).

Que la Dirección de Presupuesto Municipal sugiere la imputación presupuestaria para la erogación en cuestión e informa que la partida presupuestaria no ha sido presupuestada en la categoría programática sugerida, motivo por el cual deberá confeccionarse un formulario de Solicitud de Modificaciones presupuestarias.

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez realizado el formulario de Solicitud de Modificaciones Presupuestarias.

Que obra formulario de Solicitud de Modificaciones Presupuestarias.

Que luce Solicitud de Pedido N° 3-5308-89 emitida por la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($ 6.570.000,00.-).

Que la Dirección de Compras toma conocimiento de las actuaciones informando no poseer objeción alguna al respecto.

Que luce Solicitud de Gasto N° 0-2159.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda no posee objeciones económicas ni financieras al respecto.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, dando continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.

Que el artículo 45 de la Ley Provincial Nº 14.656 y el artículo 27 del Convenio Colectivo de Trabajo, establecen que podrá contratarse personal bajo la figura del contrato de locación de servicios para realizar trabajos o servicios extraordinarios en el campo de la ciencia o las artes y detalla los requisitos que debe especificar el referido contrato.

Que el Decreto N° 537/2018 autoriza a los funcionarios del Departamento Ejecutivo de rango de Secretario a suscribir los contratos que detenten objeto de competencia exclusiva de las Secretarías Propiciantes y cuyo monto asciende hasta el tope establecido para las contrataciones por Concurso de Precios.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la contratación de los Servicios Locados de la Sra. Lilian ElizabethGonzález, D.N.I. 29.466.368, suscripto en el marco de lo establecido en el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 del Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales, con retroactividad al 01 de abril del año 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, por la suma mensual de PESOS SETECIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($ 730.000,00.-) haciendo un total de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL CON 00/100 CENTAVOS ($ 6.570.000,00.-).-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese por intermedio de la Secretaría de Desarrollo Económico la confección del Contrato de Locación de Servicios a suscribirse con la Sra. Lilian Elizabeth González, D.N.I. 29.466.368.-

ARTÍCULO 3°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° se tomarán de la Jurisdicción 1110128000 “Secretaría de Desarrollo Económico”, Categoría Programática 18 “Empleo”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 3.4.9 “Servicios Técnicos y Profesionales-Otros”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria, Técnica, Administrativa y Legal Interina; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; la Señora Secretaria de Desarrollo Económico; y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-