Boletines/Guaminí
Decreto Nº 522
Guaminí, 05/06/2024
Visto
La solicitud de la Asociación Cooperadora del Jardín de Infantes Nº 906 “Madre Teresa de Calcuta” de la localidad de Casbas, requiriendo autorización para poner en marcha una Rifa; y
Considerando
Que la misma fundamenta su petición en la necesidad de recaudar fondos que serán destinados a mejorar y hermosear las instalaciones de la Institución y para la adquisición de material didáctico.-
Que están encuadrados dentro de los términos de la Ley Nº 9.403 y texto actualizado según ley 11.349 y Ordenanza Nº 57/2.006 del Honorable Concejo Deliberante, habiendo presentado los comprobantes y requisitos exigidos en la misma.-
Que este Departamento Ejecutivo se ha manifestado favorablemente, por lo que considera factible acceder a lo peticionado.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
D E C R E T A
Art. 1º: Autorizase a la Asociación Cooperadora del Jardín de Infantes Nº Nº 906 “Madre Teresa de Calcuta” de la localidad de Casbas, a la puesta en marcha y circulación de una Rifa, la misma consta de (500) quinientas boletas con dos (2) números, de tres (3) cifras cada una.----
Art. 2º: El valor de cada boleta será de Pesos Seis Mil ($ 6.000) pagaderos al contado, o en tres cuotas de ($ 2000) Pesos Dos Mil cada una.-------------------------------------------------
Art. 3º: La venta de las mismas comenzará el día 6 de Junio de 2.024,
---------- finalizando en la primera jugada del mes de Septiembre de 2.024, estando a cargo de los miembros de la Asociación Cooperadora.—
Art. 4º: El sorteo se realizará el 30 de Septiembre de 2.024, por Quiniela de la Ciudad Nocturna.--------------------------------------
Art. 5º: Los premios a entregar son:
Sorteo: pago contado (31 de Agosto de 2.024) Un parlante.-
Sorteo Final: Quiniela de la Ciudad Nocturna: 30 de Septiembre de 2.024:
1° PREMIO: Una Heladera con Frezzer con Mercaderia.-
2° PREMIO: Un Horno Microhondas.-
3° PREMIO: Una Pava Eléctrica.-
4 ° PREMIO: Una Minipimer.-
Art. 6º: Toda infracción a las Disposiciones del Decreto Ley 9.403/79 y texto actualizado Según Ley 11.349 y el presente Decreto, será sancionada por Autoridad de Aplicación de acuerdo a la Ley Nº 13.470 de la Provincia de Buenos Aires.---------------------------------------------------
Art. 7: Remítase copia del presente Decreto a la Comisión solicitante, Destacamento Policial, Tesorería, regístrese y archívese.---------