Boletines/Arrecifes

Ordenanza Nº583/89

Ordenanza Nº 583/89

Arrecifes, 30/11/1989

Ordenanza Nro. 583:

 

Expediente Nº         

Aprobada: 30/11/89.-     

Sesión:   1º  Ordinaria  de Prórroga                    

Decreto de Promulgación D.E.M. Nº:  1.912

 

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BARTOLOMÉ MITRE, APROBÓ POR UNANIMIDAD   EN GENERAL  Y EN PARTICULAR LA SIGUIENTE :

O R D E N A N Z A:

 

Art. 1º: Modifícase el Inciso 11 del Art. 34 de la Ordenanza 369/87 - Código de Faltas, el que quedará redactado de la siguiente manera :

 

“Inciso 11 . Queda incorporada a la presente Ordenanza la Ordenanza Nro. 18 del 10.10.82, según lo establecido en el Art. 5 de dicha Ordenanza pero sujetándose  el monto de las multas a aplicarse a los Camiones que circulan dentro del Partido con exceso de peso en los siguientes módulos :

De           500 a 1.000 Kg.           a   80  módulos

De        1.001 a 2.000 Kg.           a  150  módulos

De        2.001 a 3.000 Kg.           a  250   módulos

De        3.001 a 4.000 Kg.           a 400     módulos

De        4.001 a 5.000 Kg.           a  600    módulos

 

Cuando el exceso de peso sea mayor de 5.000 Kg. se aplicará una multa de 80 módulos por tonelada.-

En caso de no cumplir las órdenes impartidas por los Inspectores Municipales se les secuestrará el Vehículo y se depositará en el Corralón Municipal cobrándose una multa de 40 módulos .-  Además de las que les correspondiere por el Inciso 11 del Título VII de la presente Ordenanza”.- 

 

Art. 2º: La presente Ordenanza comenzará a regir a las 48 horas de su publicación .-

 

Art. 3º:  Comuníquese,  publíquese,  regístrese  y  archívese .-

 

Marcelino José Bóveda  Presidente H.C.D.

Nelly N. Franco  Secretaria Interina  H.C.D.