Boletines/Arrecifes
Ordenanza Nº 583/89
Arrecifes, 30/11/1989
Ordenanza Nro. 583:
Expediente Nº
Aprobada: 30/11/89.-
Sesión: 1º Ordinaria de Prórroga
Decreto de Promulgación D.E.M. Nº: 1.912
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BARTOLOMÉ MITRE, APROBÓ POR UNANIMIDAD EN GENERAL Y EN PARTICULAR LA SIGUIENTE :
O R D E N A N Z A:
Art. 1º: Modifícase el Inciso 11 del Art. 34 de la Ordenanza 369/87 - Código de Faltas, el que quedará redactado de la siguiente manera :
“Inciso 11 . Queda incorporada a la presente Ordenanza la Ordenanza Nro. 18 del 10.10.82, según lo establecido en el Art. 5 de dicha Ordenanza pero sujetándose el monto de las multas a aplicarse a los Camiones que circulan dentro del Partido con exceso de peso en los siguientes módulos :
De 500 a 1.000 Kg. a 80 módulos
De 1.001 a 2.000 Kg. a 150 módulos
De 2.001 a 3.000 Kg. a 250 módulos
De 3.001 a 4.000 Kg. a 400 módulos
De 4.001 a 5.000 Kg. a 600 módulos
Cuando el exceso de peso sea mayor de 5.000 Kg. se aplicará una multa de 80 módulos por tonelada.-
En caso de no cumplir las órdenes impartidas por los Inspectores Municipales se les secuestrará el Vehículo y se depositará en el Corralón Municipal cobrándose una multa de 40 módulos .- Además de las que les correspondiere por el Inciso 11 del Título VII de la presente Ordenanza”.-
Art. 2º: La presente Ordenanza comenzará a regir a las 48 horas de su publicación .-
Art. 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese .-
Marcelino José Bóveda Presidente H.C.D.
Nelly N. Franco Secretaria Interina H.C.D.