Boletines/Bragado

Ordenanza Nº5658

Ordenanza Nº 5658

Bragado, 07/06/2024

VISTO: El Contrato de Locación de inmueble celebrado entre el Sr. GANCIA NESTOR RUBEN, DNI Nº 16.579.392, domiciliado en la calle España Nº 387, y la Municipalidad de Bragado, representada por el Sr. Intendente Municipal SERGIO JUAN BARENGHI; y CONSIDERANDO: Que, la celebración del presente contrato de locación tiene como primordial final contar con una inmueble destinado a ser utilizado como Hogar Infantil dependiente de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de esta Municipalidad, y se encuentra ubicado en la calle Irigoyen Nº 349 de esta ciudad. Siendo la nomenclatura catastral del inmueble mencionado: Circunscripción I; Sección A; Manzana 71; Parcela 21; Partida Nº 012-4187 del Partido de Bragado; Que, el Municipio celebró el contrato de locación con el señor mencionado con anterioridad, cuyos datos obran en el contrato celebrado, dándose por reproducidos en honor a la brevedad, teniendo como norte la satisfacción de la falta de espacios para tal fin mencionado; Que, el plazo de vigencia de la mencionada locación es de Un (1) año, dando inicio el día 01 de Mayo de 2024 y venciendo en consecuencia el día 30 de Abril de 2025. El precio total por el alquiler se conviene en la suma de Pesos Cinco Millones Trescientos Cuarenta y Nueve Mil ($5.349.000), pagaderos durante los primeros tres meses en la suma mensual de Pesos Trescientos Mil ($300.000); durante los siguientes tres meses en la suma mensual de Pesos Trescientos Noventa y Siete Mil Quinientos ($397.500); desde el tercer trimestre en la suma mensual de Pesos Cuatrocientos Noventa y Cinco Mil Quinientos ($495.500); y por los últimos tres meses de locación en la suma mensual de Pesos Quinientos Noventa Mil ($590.000), pagaderos del día 1 al 10 de cada mes; POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA N° 5658/24

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- CONVALIDAR el Contrato de Locación de inmueble celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE BRAGADO y el Sr. NESTOR RUBEN GANCIA, el que tendrá una vigencia de Un (1) año, contados a partir del día 01 de Mayo de 2024 y venciendo en consecuencia el día 30 de Abril de 2025. Dicho inmueble tendrá como destino ser utilizado para un Hogar Infantil dependiente de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. ARTICULO 2º.- CUMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.